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Las fundaciones dejarán de regirse por la Ley de Beneficencia de 1849

El Gobierno tiene listo un anteproyecto de ley de Fundaciones que establecerá un nuevo estatuto jurídico para estas asociaciones, regidas aún hoy por leyes, como la General de Beneficencia, que data de 1849. La nueva normativa deja al margen el régimen fiscal de las fundaciones, que será regulado por la ley del Mecenazgo, también en la actualidad en fase de anteproyecto.El pasado 19 de diciembre quedó ultimado el borrador de anteproyecto de ley de Fundaciones, que deroga definitivamente, entre otras disposiciones, la Ley General de Beneficencia de junio de 1849, y pretende dotar de marco jurídico moderno a las más de 800 entidades de este tipo que funcionan en España.

Entre otros aspectos, el borrador al que ha tenido acceso Europa Press y consta de 38 artículos en siete capítulos, destaca que se igualan en derechos y deberes las fundaciones españolas con las extranjeras establecidas en España.

El texto, que próximamente será aprobado por el Consejo de Ministros, y ha sido impulsado por los ministerios de Cultura y Asuntos Sociales, con la participación de Educación, Justicia, Administraciones Públicas y Relaciones con las Cortes, define a las fundaciones como "organizaciones constituidas sin ánimo de lucro que, por voluntad de sus creadores, tienen afectado de modo duradero su patrimonio a la realización de fines de interés general".

Administración tutela

La Administración se reserva, además, la capacidad para tutelar la actividad de las fundaciones, y se prevé la creación de un Consejo de Fundaciones, de carácter consultivo, y también la creación de una Comisión Interterritorial de Fundaciones.El anteproyecto de Ley de Fundaciones obliga a éstas a disponer de, al menos, un 70% de sus rentas para cumplir sus fines. También se regula el derecho de la fundación a participar accionarialmente en sociedades, adaptando el régimen fiscal de dichas sociedades en el caso de que la fundación sea socio mayoritario o propietario.

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