Fallo a destiempo
EL TRIBUNAL del caso Amedo ha concluido sus deliberaciones, pero habrá que esperar hasta mediados de septiembre para conocer el fallo de su sentencia y los términos en que se produce. Entretanto, al no haber decidido el tribunal la puesta en libertad de los dos implicados en la causa hace presumir que el fallo es condenatorio y que supondrá penas superiores a los tres años que aquéllos llevan en prisión preventiva. Es decir, se crea una situación absurda: se sabe de antemano el sentido de una decisión judicial que, sin embargo, tardará todavía semanas en hacerse pública.La redacción de una sentencia como la del caso Amedo es ciertamente complicada, y es lógico que sus redactores huyan de la precipitación al resolver las cuestiones que han sido objeto del juicio. Pero ello no debe cuestionar, en ningún caso, la inmediatez exigible a la acción de la justicia. El tiempo transcurrido entre el 17 de julio en que concluyó el juicio oral y el mes de agosto, declarado inhábil por ley para dictar sentencias, debiera haber bastado para dictar una resolución judicial fundamentada y rápida. Tal imperativo era de obligado cumplimiento en un proceso como el del caso Amedo, sobre el que existen una expectación e interés públicos obvios y en el que cualquier dilación fuera de lo razonable sólo puede alentar el recelo y la sospecha.
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