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La reclusión de menores delincuentes se hace sin garantías constitucionales, según Gil Robles

El internamiento de los menores que delinquen se está realizando en España sin garantías constitucionales, según concluye un informe presentado ayer por el Defensor del Pueblo, Álvaro Gil Robles. "Su ingreso en centros se hace al mejor entender del juez, mediante sentencias, autos, providencias, oficios, y algunos, casi hasta por albaranes" denunció. Esto es posible en virtud de un vacío legislativo que Gil Robles pide cubrir con urgencia mediante la promulgación de una ley específica para regular la privación de libertad en el caso de jóvenes infractores.

A este respecto, el Ministerio de Justicia elaboró hace un mes un anteproyecto de ley de reforma urgente de la legislación de menores para llenar el vacío legal, al anular el Tribunal Constitucional los preceptos legales vigentes desde 1948 "por paternalistas" y faltos de garantías al menor. Esta reforma supondrá que el fiscal dirigirá la investigación de los actos delictivos cometidos por jóvenes entre 12 y 16 años, en un procedimiento donde contarán con abogado defensor y derecho a no declarar (véase EL PAÍS del 20 de junio de 1991).El informe ha sido realizado por la oficina del Defensor del Pueblo a iniciativa propia entre diciembre de 1990 y mayo de 1991 mediante la visita de 38 centros repartidos por toda España, 19 de protección y 19 de reforma (antiguos reformatorios). En total existen 44 centros dedicados a la función de reforma, con una capacidad de 1.062 plazas, que atendieron durante 1990 a 847 delincuentes menores de 16 años. El 50% de ellos se encuentra ubicado en Cataluña, que junto con los de Aragón son los que presentan mejores condiciones, según destacó Gil Robles. Dedicados a la protección existen 1.001 centros, con 39.239 plazas, de las que estuvieron ocupadas casi 26.000 el mismo año.

Robo y parricidio

Gil Robles no especificó la edad media de los internos, aunque sus delitos, según explicó, abarcan similares tipos penales a los cometidos por los adultos, desde el parricidio hasta el robo por el método del tirón. Tras un análisis de la Constitución española y de los tratados internacionales sobre protección de los derechos de los menores, el informe concluye que la legislación vigente en España "no se acomoda a los preceptos constitucionales en ninguno de los aspectos que regula". Gil Robles se refirió a la inexistencia de tipificación de las conductas sancionables -lo que facilitaría la discrecionalidad de los jueces- y de las medidas sancionadoras, que actualmente no tienen limitación temporal; a la insuficiencia de garantías en la detención, en el juicio, así como en la ejecución de las sentencias."Hay centros de reforma que alguna vez son visitados por el juez; en otros, las visitas son excepcionales, y algunos nunca fueron visitados por la autoridad judicial", dijo Gil Robles. En su opinión, es "imprescindible" la presencia constante de jueces y fiscales en los centros de internamiento de menores con el fin de vigilar tanto el cumplimiento de sentencias conforme a los derechos constitucionales como el estado de los centros. Salvo el caso de dos centros de reforma, el Cristo Rey, en Ceuta, y el Santo Rostro, de Jaén, cuya clausura se recomienda, el informe revela un estado satisfactorio en el resto de los visitados en cuanto a instalaciones, alimentación y asistencia médica.

No sucede lo mismo en el capítulo educativo. "La integración en la red educativa ordinaria se produce con carácter general en los centros de protección. Por el contrario, es excepcional en los centros de reforma, en los que, generalmente, tampoco se proporciona al menor la titulación correspondiente a los cursos realizados", se señala en el informe.

Gil Robles lamentó que en muchos centros de menores, las medidas disciplinarias queden "al arbitrio" de los respectivos directores, ante la ausencia de reglamentos, si bien en la investigación efectuada no se han detectado malos tratos o sanciones desproporcionadas. Tan sólo narró el caso de un "castigo inadecuado" en un joven interno en un centro de Alicante que permanecía encerrado "en una habitación que era una especie de mortuorio".

El Defensor del Pueblo pidió la elaboración de una ley para el internamiento de menores delincuentes, pero abogó por que ésta apueste por las medidas de educación y de reinserción en lugar de las punitivas, y más por los centros de acogida familiar que de internamiento.

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