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El Tribunal Económico-administrativo Central ratifica que Euroseguros debe pagar sanción por primas únicas

El Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC) ha ratificado que Euroseguros, filial del BBV, deberá hacer frente a la sanción impuesta por primas únicas fijada en su día por el Ministerio de Economía y Hacienda, y apoyada posteriormente por el Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid. El TEAC aclara que Euroseguros debía haber efectuado retenciones en las operaciones realizadas, puesto que en realidad "son contratos de préstamo o depósito irregular", no "contratos de seguro".La sentencia del TEAC, respuesta al recurso presentado por Euroseguros al fallo del tribunal regional, coincide con las tesis del expediente abierto por Hacienda en cuanto a la cuota y los intereses a pagar. La única diferencia surge en la cuantía final de la sanción, al haberse estimado una parte del recurso presentado por la aseguradora.

El expediente ministerial recogía que, en virtud de las retenciones no efectuadas, la filial del BBV debía abonar una cuota de 4.710 millones de pesetas, más unos intereses de dernora de 818 millones. Al margen, Hacienda le imponía una sanción del 250% de la cuota, es decir, 11.776 millones de pesetas. En total, Euroseguros debía abonar un total de 17.304 millones de pesetas.

La resolución del TEAC, que tiene fecha de 1 de julio, recuerda a Hacienda que a la hora de imponer la sanción no tuvo en cuenta el criterio de capacidad económica de la sociedad. En la práctica, este criterio implica que esa sanción del 250% puede aumentar o disminuir en un 50%, es decir que Euroseguros puede encontrarse con que la sanción del 250% de la cuota se eleve al 300% o descienda al 200.

Al respecto, el fallo del TEAC recoge que la inspección deberá anular la liquidación precedente y abordar otra que introduzca este nuevo criterio.

En cuanto a la justificación de la imposición de la sanción, el TEAC argumenta que "la sociedad incurrió en un comportamiento culpable al no practicar retenciones sobre unos rendimientos provinientes de unas operaciones conformadas por ella de tal manera que sus efectos económico-jurídicos eran sustancialmente idénticos...a operaciones financieras típicas de la actividad bancaria".

Por otra parte, el fallo aclara que no "corresponde cuota alguna a las Diputaciones Forales". Esta apostilla responde a la intervención de las diputaciones vascas, que reclamaron su derecho a intervenir, alegando que parte de las primas habían sido contratadas en su territorio fiscal. De hecho, Álava y Guipúzcoa tienen en marcha sendos expedientes contra Euroseguros, si bien ambas consideran que no debe aplicarse sanción.

Con este fallo en la mano, Euroseguros tiene la posibilidad de recurrir a la Audiencia Nacional. En el caso de que apele a la instancia superior, quedará superada la sentencia del TEAC y por lo tanto se mantendrá el debate de fondo, es decir si las operaciones responden al esquema de un seguro tradicional o si son consderadas operaciones financieras.

Si la opción elegida por la filial del BBV es aceptar el fallo del TEAC, habrá reconocido estar equivocado en el fondo de la cuestión, si bien la sanción que se le imponga puede ser menor que la inicial.

Lo más probable es que Euroseguros recurra, si bien a última hora de ayer no había confirmación oficial al respecto.

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