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La empresa Bazán releva al jefe de compras y contrataciones en Cartagena

José Ramón Bustillo, jefe de Compras y Contrataciones de la Empresa Nacional Bazán en Cartagena ha sido relevado de su puesto por la empresa. La noticia le fue comunicada al afectado "hace unos diez días" por el director de Bazán, Antonio Sánchez Cámara, y su situación actual es "a las órdenes del director".

La noticia fue confirmada por el propio Bustillo a este periódico: "Estoy a las órdenes del director. Llevo en Bazán 20 años y he ocupado seis o siete puestos a lo largo de ellos. Para mí este relevo es un hecho norrnal".Bustillo era el superior directo de Lorenzo Blanco Escudero, segundo jefe del grupo de Presupuestos y Control de Bazán en Cartagenal que fue despedido tras la divulgación, el 11 de junio, de un documento de la empresa Anglo Naval e Industrial, SA (Anisa) en el que se comunicaba el pago de 250.000 pesetas "por comisiones" a este empleado. Sobre la actuación de su subordinado, Bustillo se negó a comentar esos hechos y dijo que era un tema "pendiente de juicio".

Bazán anunció el lunes que "suspendía cautelarmente" sus relaciones con Anisa. Sobre esta empresa, la Delegación Especial de Barcelona ha abierto una investigación reservada para conocer por qué la empresa Anglo Naval e Industrial, SA está disfrutando de unos plazos "tan dilatados" para el pago de su deuda tributaria, que fue hecha firme en el año 1987 y evaluada entonces en 297.776.906 millones.

Las primeras investigaciones han puesto al descubierto que esta empresa ha gozado de "multitud de aplazamientos y cambios en los bienes ofrecidos como garantías para el pago". "Esto ocurre en algunas oca siones, pero no es posible con siderarlo normal", según seña lan fuentes de la Delegación de Hacienda en Cataluña.

Fraccionar la deuda

El plazo para el pago de la deuda tributaria cuando esta es firme caduca al mes siguiente. Sin embargo, las empresas en esta situación pueden pedir el aplazamiento o el fraccionamiento de la deuda. En estos casos, según recoge el artículo 61 de la Ley General Tributaria, las cuotas aplazadas "devengarán intereses de demora y deberán garantizarse mediante hipoteca, aval bancario u otra garantía suficiente". La empresa Anisa ha utilizado como garantías en algunos casos bienes inmuebles, que luego ha cambiado alegando "que tenían hipotecas".La empresa catalana fue sancionada por "infracción tributaria grave" con una multa de 83 millones por la declaración de la renta del año 1985. La cuantía de la multa fue hecha pública por el Ministerio de Economía y Hacienda en la prensa en abril de 1988, en cumplimiento de la Ley General Tributaria, que obliga a dar publicidad de las personas y entidades sancionadas con más de cinco millones de pesetas. La resolución sobre la sanción se hizo firme en el año 1987.

En otra acta de los años 1982 a 1984 se propone otra sanción para la misma empresa de 43.693.460 pesetas. Aunque no existe confirmación de si ésta llegó a ser firme, Hacienda hizo pública, junto a la sanción anterior, otra por valor de sólo 3.667.347 pesetas por incumplimiento del impuesto de sociedades.

Los intentos realizados por este periódico para entrar en contacto con la dirección de esta empresa han sido pospuestos con distintas excusas.

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