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El Inem recuerda a las empresas que entreguen copia de los contratos

La Dirección General del Instituto Nacional de Empleo (Inem) ha impartido instrucciones a sus oficinas provinciales y locales tendentes a homogeneizar la actuación de todas ellas en el registro de las copias básicas de los contratos de trabajo, tal como dispone la ley 2/1991.Las normas que la dirección del Inem ha impartido a las oficinas de empleo disponen que se notifique, por escrito y con acuse de recibo, a las empresas que no presenten copia básica o que entreguen ésta sin firma de la representación de los trabajadores -cuando exista- que están obligadas por la ley a cumplir ese requisito.

También deben advertir a las. empresas que, si transcurrido un plazo de 10 días no han subsanado su incumplimiento, se procederá a dar cuenta a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

El Ministerio de Trabajo informó ayer que enviará a sus inspectores a aquellas empresas que se nieguen a entregar las copias de los contratos o las presenten sin los requisitos necesarios, como la firma de los representantes legales de los trabajadores.

La ley sobre control sindical de la contratación, que entró en vigor el pasado 8 de febrero, obliga a los empresarios en todos los contratos que se realicen por escrito. Las sanciones que se pueden imponer por el incumplimiento de la normativa oscilan entre las 50.000 y las 500.000 pesetas, cuando los incumplimientos sean reiterados.

Las instrucciones repartidas por el Inem se producen después de que los sindicatos UGT y CC OO y la patronal CEOE reclamaran al instituto de empleo que se unifiquen los criterios, de forma que en cada provincia u oficina no se requieran datos diferentes.

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