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La comisión de expertos recomienda reducir de tres a dos años el tope máximo de contratos temporales

El informe de la comisión de expertos en el mercado laboral encargado por el Ministerio de Trabajo recomienda que se reduzca de tres a dos años el tope máximo de contratos temporales y una nueva redacción del Estatuto de los Trabajadores para lograr más transparencia y simplificación de las normas legales. El estudio, que servirá de referencia al Gobierno para modificar las modalidades de contratación, desvela que la eventualidad alcanza al 44,9% de los trabajadores que tienen entre 16 y 34 años y al 29,8% del conjunto de las plantillas, frente al 15,5% de hace apenas tres años.

Entre las 13 conclusiones y 19 recomendaciones del informe, se aconseja no modificar el coste de los despidos; mayores garantías para todas las modalidades de contratación con el objetivo de evitar el abuso de ley como forma precarizadora del empleo; eliminar los contratos eventuales por lanzamiento de nueva actividad porque apenas se usan; y que se regulen legalmente las empresas de trabajo temporal, prohibidas de forma implícita en España.El informe ha sido elaborado por una comisión de expertos, presidida por Julio Segura, y, formada por Luis Toharia, Federico Durán y Samuel Ventolina. Fue dado a conocer ayer por el ministro de Trabajo, Luis Martínez Noval, ante la comisión de política social del Congreso de los Diputados, incluso antes de que fuera entregado a los sindicatos y la patronal CEOE. Martínez Noval informó que el Gobierno "está dispuesto a guiarse en parte por el informe" para negociar con los interlocutores sociales la reforma de las modalidades de contratación y también va a seguir el consejo de los cuatro notables de conseguir el máximo consenso posible.

No hay calendario

Lo que no hay todavía es un calendario de negociaciones, ya que esa reforma del mercado laboral debe formar parte del pacto de competitividad y éste, según el ministro Carlos Solchaga, se iniciará después de la remodelación del Gobierno.Los sindicatos UGT y CC OO ya han manifestado que las reformas propuestas son "insuficientes" y las conclusiones "conservadoras", pese a que coinciden con algunas de sus principales demandas, como es la reducción desde tres a dos años del tiempo máximo para que los trabajadores estén sujetos a contrato temporal. También, en que se eliminen los contratos eventuales por lanzamiento de nueva actividad.

Los cuatro expertos, que parten de la prudencia derivada de que las 14 modalidades de contratación han estado en vigor en un periodo fuertemente expansivo, consideran que una. parte no irrelevante del empleo generado entre 1986 y 1990 se ha debido a la mayor flexibilidad de la contratación. No obstante detectan "numerosas disfuncionalidades jurídicas y económicas" en el uso de esa normativa y por ello creen que se debe eliminar el abuso de ley e ir a una regulación coordinada y global del mercado de trabajo. En este sentido hablan de la reforma del Estatuto de los Trabajadores de 1980, que fue seguida de una reforma parcial en 1984 y modificaciones en otros ámbitos. El ministro de Trabajo no quiso pronunciarse sobre ello, pero sí afirma que "está obsoleto", por ejemplo, el artículo del Estatuto referido a la revisión del salarlo mínimo.

El plazo máximo de tres años, según la comisión, no se justifica en los contratos temporales ordinarios, en los de fomento del empleo, de prácticas y para la formación en los que es suficiente el tope de dos años. Su consejo es que la modalidad de fomento del empleo debe sustituir a los eventuales y a los celebrados a través de empresas de trabajo temporal.

En los contratos de relevo y jubilación parcial, y con el objetivo de que no sirvan para amortizar puestos de trabajo, estiman que se deben hacer a jornada completa y por tiempo indefinido.

Seis meses mínimo

Las modalidades de prácticas, formación, y de colaboración social deben redefinirse, de modo que los primeros se limiten a titulaciones académicas de grado superior y su duración mínima debe ser de seis meses, mientras que en los contratos de formación se debe garantizar que ésta tiene lugar y eliminar las exenciones de cuotas a la Seguridad Social.El informe entiende que es improcedente considerar una modalidad de contratos los destinados, por discriminación positiva, a parados mayores de 45 años, mujeres y minusválidos y por ello creen conveniente que se conviertan en programas de política económica.

Son tajantes al afirmar que "se prohiba explícitamente" toda forma de encadenar contratos temporales, porque han detectado que el problema principal es que "se permite mantener al mismo trabajador en situaciones de temporalidad en la misma empresa y casi en el mismo puesto" durante un tiempo muy superior al legal.. No ocultan los problemas sufridos por "una información estadística bastante defectuosa" debido a que no hay suficientes medios políticos y técnicos.

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