La CE obligará a España a aumentar, las prestaciones económicas por maternidad
ENVIADO ESPECIALLa Seguridad Social española tendrá que aumentar las prestaciones económicas del permiso de maternidad, según el proyecto de directiva aprobado ayer en Estrasburgo por la Comisión Europea. La nueva norma tendrá que ser aprobada por los ministros de Trabajo de los Doce para su entrada en vigor, y en ella se prevé un mínimo de 14 semanas de descanso para la mujer embarazada o que ha dado a luz y el 100% del salario garantizado.
El proyecto prevé que cada país podrá mantener un periodo más largo de vacaciones por maternidad (en España están reconocidas 16 semanas y el 75% de la retribución), pero en ese caso la percepción nunca podrá ser inferior al 80% del salario.
Los 12 Estados de la CE cuentan en la actualidad con 52 millones de trabajadoras en activo. "La protección adecuada del embarazo y de la maternidad representa un objetivo importante porque el declive demográfico en Europa y ciertos déficits de mano de obra cualificada subrayan la necesidad de tomar medidas para reforzar la participación de las mujeres en el empleo", señaló Vasso Papandreu, comisaria responsable de la política social comunitaria. La incorporación de la mujer al mundo del trabajo es todavía un fenómeno creciente: la población activa femenina de la CE aumentó entre 1975 y 1985 en 9,8 millones de trabajadoras, de un total de 13 millones de nuevos empleos generados.
Las vacaciones por maternidad o embarazo son un derecho individual que la afectada puede elegir disfrutar o no. Sin embargo, el proyecto de directiva considera obligatorio el disfrute de al menos dos semanas de descanso pagado, a comenzar 15 días antes de la fecha prevista para dar a luz. El texto prevé una garantía de todos los derechos vinculados al trabajo (antigüedad, ascensos, vacaciones anuales pagadas, etcétera) y prohíbe el despido. Serán suprimidas las condiciones existentes en ciertos países de exigir una antigüedad previa para poder disfrutar del permiso de maternidad o embarazo.
La propuesta de la Comisión establece otras protecciones. Así, la trabajadora embarazada podrá exigir el cambio de turno de noche al menos durante 16 semanas, y desde dos meses antes de la fecha prevista para el alumbramiento. También tendrá derecho a un cambio de puesto, o a vacaciones suplementarias pagadas, en el caso de que no sea posible el traslado, cuando en el lugar de trabajo está expuesta a agentes físicos, químicos y biológicos que pueden dañar su salud.
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.
Archivado En
- Derecho penal
- Profesiones
- Crecimiento demográfico
- Vasso Papandreu
- Declaraciones prensa
- Acción protectora
- Dinámica población
- Unión Europea
- Mujeres
- Política social
- Organizaciones internacionales
- Gente
- Seguridad Social
- Empleo
- Política laboral
- Relaciones exteriores
- España
- Derecho
- Demografía
- Legislación
- Trabajo
- Sociedad
- Justicia