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Refugiados de ida y vuelta

La pasividad administrativa provoca casos de expulsión a los países de origen

En marzo de 1984, el Congreso de los Diputados aprobó la Ley Reguladora del Derecho de Asilo y de la Condición de Refugiado. En opinión de algunos expertos, se trata de una de las legislaciones más abiertas de Europa. Donde llega la ley, sin embargo, no siempre alcanzan las actuaciones administrativas. La pasividad y algunas irregularidades acaban por convertir las expectativas de muchos solicitantes de refugio en un calvario de incertidumbres.

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Asghar Saif, iraní; Miguel Ramón Aguiar, cubano; Carlos Pasialo y Fermín Molungua, ecuatoguíneanos. Habían solicitado refugio en España, pero terminaron su viaje allí donde había comenzado: en las mismas puertas del país de donde habían huido y en las mismas manos que habían provocado su marcha.La ley española sobre asilo y refugio establece, sin embargo, que ninguna persona a quien se haya denegado la solicitud de asilo o refugio podrá ser expulsa da a un país (el de origen o un tercero) donde "pueda tener fundados motivos para temer persecución o castigo" por razones políticas, religiosas, raciales o étnicas (artículo 17.2). Otro iraní Syed Modjtaba Shattah, prefirió una escapatoria. más certera a las represalias del régimen de Teherán. El 27 de septiembre de 1989, cuando la policía le acompañaba a que recogiera sus pertenencias antes de la salida hacia Irán, Syed saltó al vacío desde el octavo piso de su vivienda madrileña.

En buena parte de estos casos las organizaciones de ayuda a los refugiados intentaron por todos los medios paralizar las expulsiones. En otras ocasiones ha habido más suerte. El Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), la Comisión Española de Ayuda al Refugiado (CEAR) y el Defensor del Pueblo lograron evitar el pasado año, a pie de avión, la devolución a Irán de Habib Behzadi, que llevaba cinco años viviendo y estudiando en España.

"No puede decirse que el artículo 17.2 de la ley se vulnere a menudo, sobre todo desde que empezamos a intervenir nosotros", explica Juan José Rodríguez Ugarte, secretario general adjunto de la CEAR. "Pero a principios de junio tuvimos que intervenir porque el delegado del Gobierno - en Las Palmas devolvía a Teherán a un iraní que había sido solicitante de asilo. Adujo que no conocía tal circunstancia. Eso da una idea de cómo funcionan las cosas".

Eludir la responsabilidad

Un portavoz del Ministerio del Interior aduce que las posibles irregularidades en las expulsiones dependen, en última,instancia, de las delegaciones del Gobierno o de los Gobiernos Civiles (que son las instituciones que dictan las órdenes de expulsión previa resolución judicial), y el ministerio como tal no puede responder por ellas. Sobre estas afirmaciones, Óscar Lopéz, coordinador del departamento de asuntos raciales y xenofobia de la Asociación Pro Derechos Humanos, opina que es una manera "de escudarse ante la opinión pública". "El Gobierno, simplemente, no está dispuesto a asumir la responsabilidad de ninguna expulsión, sean refugiados o no. Diluyen la culpa entre gobernadores civiles y delegaciones de Gobierno, que dependen, al fin y al cabo, de Interior".Las organizaciones de apoyo coinciden en señalar la indefensión en la que se encuentra un extranjero a quien se le abre un expediente de expulsión. "Tienen derecho a, presentar alegaciones en el plazo de 48 horas, pero normalmente no lo hacen porque la mayor parte de ellos entiende muy mal el español, están mal informados de sus derechos y ni siquiera cuentan con intérpretes", comenta Rodríguez Ugarte.

Esta situación de indefensión se reproducía hasta hace poco en la entrada al país, segundo momento en el que se incumple en ocasiones la legislación sobre el asilo, según las organizaciones humanitarias. La ley establece, en su artículo 4.2, que "la petición de asilo hecha en cualquier frontera supondrá la admisión provisional del extranjero, sin perjuicio de lo que pueda acordarse por el Gobierno".

Estas asociaciones de apoyo se quejan, sin embargo, de la discrecionalidad que hay en los puestos fronterizos, donde, aseguran, se producen muchos casos - de devoluciones de extranjeros indocumentados que desean pedir asilo o refugio. Las acusaciones se dirigen especialmente al aeropuerto de Barajas, en el que se rechazó al 85%. de los extranjeros no admitidos en España el año pasado. Hasta hace poco, los 22.000 metros cuadra dos de la zona de tránsito del aeropuerto madrileño se consideraban como zona internacional, inaccesible a letrados o a miembros de las organizaciones de ayuda, hasta que la Audiencia Nacional, a instancias del Defensor del Pueblo, admitió el habeas corpus (derecho del detenido a comparecer ante el juez), lo que posibilitó la entrada de abogados. "La zona de tránsito es de máxima seguridad, yo mismo tengo que ponerme una tarjeta especial", explica el comisario jefe del aeropuerto de Barajas, Javier García Carpintero.

García Carpintero rechaza tajantemente las acusaciones sobre las devoluciones fronterizas lanzadas por las organizaciones no gubernamentales, a las que insta a que las demuestren con datos. "A toda persona que solicita asilo, se le tramita. Sólo hemos tenido problemas en un par de ocasiones el pasado año". En Barajas, el año pasado se tramitaron 80 solicitudes de asilo, y en los seis primeros meses de este año llevan ya 132. "Muchos son claramente inmigrantes económicos, y lo sabemos, y pasan".

Los miembros de las organizaciones de apoyo insisten en haber acudido al aeropuerto en más de dos ocasiones. Los casos del iraní Nasser Haedari y de los colombianos Héctor Hernán Valencia y Elena Pulgarín Montoya han enfrentado recientemente a la CEAR y al ACNUR con la comisaría de Barajas. "Nos ha costado mucho que los funcionarios fronterizos asuman la obligatoriedad de que la solicitud de asilo debe admitirse a trámite. El único que puede denegarlo es el propio ministro del Interior", dice Rodríguez Ugarte.

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