El Supremo, favorable a sustituir la cárcel por el tratamiento a los delincuentes- drogadictos
El Tribunal Supremo ha abierto el camino para que los drogadictos que delincan no vayan a la cárcel, sino que sean internados para tratamiento terapéutico, al aplicar a un equizofrénico, afectado por las drogas, aunque no cuando delinquió, la sustitución de la pena por el internamiento temporal. Juristas y expertos consultados por este periódico declararon que si el Supremo confirma la doctrina mantenida en esta sentencia, la sustitución de la cárcel por el tratamiento terapéutico puede afectar al 80% de los casos penales, lo que plantearía el problema de la falta de centros.
El origen de la reciente sentencia del Tribunal Supremo fue el robo perpetrado en 1984 en Alicante por R. C. L. La Audiencia Provincial de Alicante condenó al procesado a un año y seis meses de prisión. En el recurso de casación interpuesto, al que se opuso el fiscal, el letrado Vicente Casanova pidió la aplicación de la eximente incompleta de enajenación mental.La Sala Segunda del Tribunal Supremo, en una sentencia de la que ha sido ponente el magistrado José Antonio Martín Pallín, ha rebajado la pena privativa de libertad a un año y la ha sustituido por el sometimiento a "tratamiento terapéutico" durante ese periodo.
Influencia de las drogas
El Supremo recuerda que la Audiencia de Alicante descartó la influencia del alcohol o las anfetaminas en el momento de cometer los hechos", pero no asume que el procesado estuviera "completamente lúcido" al cometer el delito. El Tribunal Supremo estima que tal afirmación "no pasa de ser un juicio de valor que es perfectamente revisable" en casación. Para ello, invoca la doctrina científica, según la cual la esquizofrenia tiene un curso progresivo en forma de brotes ( ... ),quedando un residuo patológico llamado esquizofrénico", de modo que aunque el enfermo en sus remisiones puede hacer vida prácticamente normal, ya no es el mismo de antes", dice.El Tribunal Supremo razona que este deterioro permanente de la personalidad del procesado permite la aplicación de la atenuante analógica prevista en el Código Penal y añade que debe producir las mismas consecuencias y efectos que la eximente incompleta". En consecuencia, y "en aras de la exigible individualización de la pena, procede", sentencia el Supremo, "atemperar la pena privativa de libertad a la nueva valoración de la responsabilidad penal" y sustituir el año de cárcel por el "tratamiento terapéutico" durante ese tiempo.
El catedrático de Derecho Penal Enrique Gimbernat considera "bastante razonable la medida de internamiento adoptada" y estima que "el Supremo debe seguir por esa línea, ya que si la naturaleza de la atenuante es igual que la de la eximente incompleta, la consecuencia debe ser la misma".
Afectado el 80% de los casos
Por su parte, el fiscal José María Paz cree que, "si se consolida esta doctrina", dice, "pueden resultar afectadas el 80% de las causas penales y se evitará el ingreso en la cárcel de numerosos delincuentes con síndrome de abstinencia o con otros cuadros clínicos a los que se podrá someter a un tratamiento individualizado".Para Carlos Dulanto, médico experto en drogas, "no es lógico que un delito cometido durante un brote sicótico probablemente posalcohólico anfetamínico, sea causa o motivo de reclusión". Ante el fallo del Supremo, Dulando opina: "Me parece bien que la sentencia sobre el enfermo-delincuente se oriente hacia el internamiento en un centro especializado, pero estos son muy escasos. En el problema que plantea la drogodependencia están implicadas muchas estructuras y las soluciones sólo pueden ser interdisciplinarias".
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