El barón Thyssen impone severas condiciones para el traslado de su colección de pintura a España
La instalación de los cuadros en Madrid está sujeta a tres nuevos acuerdos
El préstamo a España por un plazo de nueve años y. medio de 775 obras de la colección Thyssen-Bornemisza está condicionado a la obtención de tres nuevos acuerdos -denominados primer, segundo y último certificado- cuya firma exige una serie de requisitos que detalla el pacto suscrito por el barón Hans-Heinrich Thyssen Bornemisza y el ministro de Cultura, Jorge Semprún, en diciembre de 1988. Obtenido ya el primer certificado, se trabaja estos días en la consecución del segundo, para el que se exige, entre otras condiciones, la aprobación por las Cortes de una ley para la concesión de un crédito extraordinario de 9.000 millones de pesetas a favor de la Fundación Thyssen Bornemisza, con sede en Madrid.
El acuerdo de diciembre de 1988, en el que se establecen las condiciones y plazos para el traslado y exhibición de las pinturas a España, constituye un complejo instrumento jurídico cuya redacción, en inglés -única versión válida-, ocupa 69 folios. Este documento -en el que los firmantes actuaron en representación de la Favorita Trustees Limited y del Reino de España, respectivamente- somete el pacto, en sus aspectos jurídicos, a la legislación británica, y vincula sus términos económicos a la evolución de la economía norteamericana.Sentados estos dos principios, y bajo el epígrafe "condiciones suspensivas", el acuerdo detalla -artículo 5º, apartados 1º, 2º y 3º (10 folios)- las condiciones que deben cumplirse para la emisión de los mencionados cer,tificados, requisito indispensable para el traslado de la colección a España.
Para la consecución del primer certificado, que ya ha sido emitido, según Ignacio Cardenal, gerente de la Fundación Thyssen Bornemisza, el barón recibió, como exigía el documento fechado en diciembre de 1988, una copia de la resolución del Consejo de Ministros por la que se aceptaba el acuerdo; una copia de la publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de un real decreto en el que se reproducía la decisión gubernamental y se aceptaba la sumisión del pacto a la legislación británica y el arbitraje internacional; y una serie de "opiniones legales" firmadas por los profesores Arino Ortiz, Gallego Anabitarte y por la firma Echecopar abogados (Madrid), y por los señores McFarlanes (Londres), y Conyers, Dill y Pearman (Bermudas).
Opiniones legales
Los representantes de España recibieron un certificado de propiedad de la colección, de la que jurídicamente es titular la Favorita Trustees Limited, y las "opiniones legales" de abogados que ejercen en diversos países, como Appelby, Spurling y Kempe (Bermudas), Allen & Overy (Londres), y Lenz, Scliluep, Briner & De Coulon. Este primer certificado había de emitirse 60 días después de la firma del acuerdo inicial, es decir, a finales de febrero de 1989.
El segundo certificado debía ser emitido en un plazo de 120 días a partir de la obtención del primero, es decir, a finales de agosto de 1989, salvo que las partes, como ha ocurrido, consintieran en darse una prórroga. El principal escollo para la emisión de este segundo certificado, en el que se trabaja estos días, deriva de la celebración de las elecciones generales del pasado octubre, cuya convocatoria implicó el aplazamiento de la discusión en las Cortes del proyecto de ley para la concesión de un crédito extraordinario de 9.000 millones de pesetas para la Fundación Thyssen Bornemisza, entidad que gestionará la colección durante su exhibición en España.
Fuentes del Ministerio de Cultura y de la fundación coincidieron en señalar que la paralización del proyecto de ley no afectó, jurídicamente ni en la práctica, al desarrollo del acuerdo suscrito por el barón y el ministro. Las eventuales dificultades económicas que hubiera podido sufrir la fundación por este motivo se evitaron con el adelanto del dinero por parte del Ministerio de Cultura, según Cardenal.
Proyecto de reforma
Además de la aprobación y entrada en vigor de esta ley, la emisión del segundo certificado exige, entre otros requisitos ya cumplimentados, la constitución de la fundación y Ia designación de sus responsables, que esta institución disponga del uso del palacio de Villahermosa -futura sede de la colección- y que exista un proyecto detallado de las obras de reforma y adaptación del edificio. "Los trabajos previos a la llegada de la colección a España se desarrollan en cumplimiento estricto de lo acordado", señaló Cardenal, quien anunció que las obras del palacio se iniciarán, casi con toda probabilidad, a finales del próximo mes de enero.
El tercer y último certificado debe emitirse antes del inicio del préstamo, previsto para el 30 de junio de 1991. Antes de esa fecha, las partes deben disponer de las autorizaciones -otorgadas por el Ministerio de Cultura y el de Economía y Hacienda- que garanticen la posterior salida de España de la colección y la elaboración, entre otros, de diversos programas relacionados con la promoción y restauración de las obras que forman parte de la colección. Deberá realizarse además un informe en el que se detalle el estado de las pinturas y su valoración.
Babelia
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.