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EDUCACIÓN

Los sueldos del profesorado umversitario según los méritos contraídos

El real decreto que sobre retribuciones del profesorado universitario prevé aprobar hoy el Consejo de Ministros incluye, como novedad más importante, un mecanismo incentivador de la labor docente e investigadora. Este incentivo consistirá en la posibilidad de que catedráticos y profesores sometan a evaluación la labor que hayan desarrollado, y que, en caso de superar la prueba, accedan a un complemento de productividad. Este plus supondrá en algún caso, como en el de catedráticos con más de 25 años de servicio que superen la evaluación, un incremento de hasta un 48 % en la retribución para 1990.

El proyecto de real decreto cuenta con el apoyo de dos de los tres sindicatos mayoritanios en el sector de enseñanza (FETE-UGT y CSIF). La filosofía del proyecto consiste en reconocer los méritos de la actividad desarrollada por el profesorado, tanto en docencia como en investigación y por ello, a las percepciones por sueldo, trienios, pagas extraordinarias y complementos específico y de destino que les corresponda como funciorarios del Estado, se le agregará este plus de productividad. Con este decreto, los profesores universitarios se convertirán en los primeros funcionarios que cobrarán en razón de la calidad de su trabajo.Para acceder a esta nueva retribución los catedráticos y profesores tendrán que superar unas evaluaciones que determinen si la actividad que han desarrollado, tanto en docencia como en investigación, han sido positivas o no. Las evaluaciones sobre docencia serán cada cinco años. La primera tendrá lugar a finales de este año, aunque tendrá, efectos económicos desde el 1 de abril de 1989. Las evaluaciones sobre investigación se realizarán cada seis años y la primera prueba se celebrará a mediados del año próximo. Sus efectos económicos serán a partir del 1 de enero de 1990. Cada evaluación supondrá un incremento entre 128.378 y 187.332 pesetas, según la categoría del perceptor de la retribución. Estas evaluaciones son acumulables, por lo que un catedrático con 30 años de servicio en la universidad podrá someterse a la prueba el máximo posible, es decir cinco evaluaciones de docencia y cinco de investigación.

Aumento o reducción

El Consejo de Universidades establecerá los criterios para las evaluaciones de docencia, mientras que una Comisión Nacional integrada por representantes del Ministerio de Educación y de las Comunidades Autónomas con competencia en materia educativa, para lo que podrá recabar asesoramiento de miembros de la comunidad científica nacional, realizará las pruebas sobre investigación. El decreto prevé que si en alguna de las evaluaciones sobre investigación la Comisión Nacional apreciara que la actividad investigadora fuera notoriamente insuficiente, el complemento de productividad podría reducirse en la cuantía correspondiente a un período de evaluación. Las pruebas se realizarán una vez al año, tanto por cada universídad como por la Comisión Nacional. Los períodos que sean valorados negativamente no podrán ser objeto de una possterior evaluación.Por el desempeño de cargos académicos, se han fijado diversas retribuciones: 1.796.940 pesetas anuales para el rector; 812.328, para el vicerrector y secretario general; 633.336 pesetas, para decano y director de facultad, escuela técnica, o escuela universitaria; 458.280, para el director de departamento, y 273.564 para el director de instituto universitario.

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