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La CE quiere defender al consumidor de los abusos de la banca con una nueva directiva

Los créditos al consumo concedidos por bancos y cajas de ahorro en la CE quedarán sometidos a una fórmula única de cálculo que incluirá todos los costes que paga el cliente, según la directiva que aprobará previsiblemente el Consejo de Ministros de Consumo el próximo 1 de junio en Luxemburgo. El consenso alcanzado por la presidencia española garantiza el derecho del consumidor a conocer de antemano el coste total asumido y lo protege contra los abusos bancarios.

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La nueva norma -para cuya aprobación, según fuentes comunitarias, "han sido superados prácticamente todos los obstáculos"- no entrará en vigor hasta el 1 de enero de 1993 y carecerá de efectos retroactivos- Francia v la RFA serán autorizadas a mantener sus sistemas actuales y quedar al margen de la fórmula única de cálculo al menos durante tres años más. Además, la directiva cubre sólo los llamados créditos al consumo, modalidad en boga, pero deja sin amparo los créditos hipotecarios, los cuales sólo en España afectan a más de tres millones de familias.La nueva directiva de la CE, que completará la aprobada en 1987 sobre armonización de legislaciones en materia de créditos al consumo, vendrá a poner fin a la agria polémica sobre las prácticas bancarias que perjudican al consumidor. Hasta ahora, las entidades de crédito han cobrado usualmente unos tipos de interés más altos que los que figuraban nominalmente en el contrato. Estas sobretasas de entre un 1% y un 10%, según los casos, se emboscan en las cantidades fijadas para el reintegro periódico del crédito o en costes extras del contrato, pero contradicen el tipo de interés pactado. Se trata, declaró una fuente comunitaria, de evitar que "la letra pequeña se vuelva siempre contra el consumidor".

Ola de denuncias

En España, estas prácticas abusivas han sido denunciadas reiteradamente por asociaciones de consumidores y entidades estatales, como la Comunidad de Madrid y el Instituto Nacional del Consumo. El negocio extra de las entidades de crédito se estimó en su día en más de 30.000 millones de pesetas anuales, y el propio ministro de Economía, Carlos Solchaga, reconoció el año pasado ante el Congreso estas irregularidades. Como consecuencia de ello, el Banco de España aprobó sendas circulares en las que se obliga a informar del tipo de interés efectivamente cobrado y a ap,licar un método de cálculo que "coincida con la fórmula aceptada por la Comisión Europea", según fuentes del Gobierno.

La directiva establecerá una tasa anual efectiva global, definida como "el coste total del crédito al consumidor expresado en porcentaje anual del montante del crédito acordado y calculado conforme a una fórmula matemática única". En ese tipo de interés que realmente paga el consumidor deberán estar incorporados todos los costes, incluido el que representa la práctica de descontar un pago en el mismo momento en que se concede la cantidad, con lo que el tipo de interés se aplica sobre una cifra mayor a la prestada. En el supuesto de interés revisable por las fluctuaciones del mercado, se deberá ofrecer al cliente el coste total que resultaría si ese tipo fuese inalterado.

La propuesta presentada por la presidencia española a la aprobación del Consejo de Ministros recoge cinco excepciones de costes que pueden ser cobrados al margen. Esta lista negativa está integrada por los costes derivados del cumplimiento de alguna obligación, los gastos de transporte o instalación no incluidos en el precio del producto comprado con el crédito, los gastos de transferencias de fondos, los de inscripción en asociaciones o grupos y los seguros. Sin embargo, el consumidor no podrá ser obligado a abrir una cuenta en determinada entidad ni este tipo de tarifas pueden ser anormalmente elevadas".

La fórmula matemática única a adoptar fue elaborada por el profesor Etienne Kirschen, un experto contratado al efecto por la Comisión Europea. Se trata de un método de cálculo complejo, al que se puede llegar mediante la fórmula algebraica o a través de aproximaciones que "pueden ser programadas en una calculadora de bolsillo". El texto de la directiva ofrece algunos ejemplos que facilitan la comprensión. La ventaja es que permite ponderar el interés exacto aun cuando se pacten plazos de amortización desiguales o cantidades a reintegrar diferentes.

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