El Gobierno regulará por ley la fiscalidad de pensiones creados antes de la nueva normativa sobre fondos
El Gobierno regulará por ley la fiscalidad de los planes de pensiones establecidos con anterioridad a que se aprobara el proyecto de ley sobre Planes y Fondos de Pensiones. Además de publicar la disposición adicional correspondiente en el reglamento aprobado el 30 de septiembre por el Consejo de Ministros, el Ejecutivo presentará una enmienda en el proyecto de ley de Presupuestos para 1989 -o en su defecto, en el de Tasas y Exenciones Parafiscales-, desarrollando este tema y dando ciertas facilidades para que las empresas y los bancos que hicieron esas reservas para pensiones puedan desgravar este año sin esperar a crear el fondo correspondiente. Bastará el compromiso formal de crearlo, ateniéndose a la nueva legislación.
El Gobierno se ha visto obligado, tras los informes de sus expertos jurídicos, a incluir ese polémico apartado en un proyecto de ley que pueda ser aprobado antes de fin de año. La razón para este cambio radica en que esa disposición supone una modificación sustancial en la fiscafidad y requiere que se haga por ley para evitar posibles recursos de la oposición y de las propias compañías de seguros.
Desgravaciones
La disposición adicional establece que todas aquellas entidades -empresas y bancos- que hubieran destinado capital a su fondo de pen sione s entre el 29 de junio de 1987 y el 30 de septiembre de este año solo podrán desgravar esa cantidad si constituyen el fondo de pensiones de acuerdo con las formalidades que exige la ley y el reglamento. Por el contrario, si mantienen esas reservas dentro del balance para fondos futuros, esa dotación deberá tributar. Las empresas o bancos que ya habían desgravado en su día y que ahora opten por no crear el fondo de pensiones tendrán que presentar una declaración complementarla y pagar los impuestos correspondientes.Esta disposición adicional mantendrá la redacción aprobada por el Gobierno, pero irá complementada por la citada enmienda en un futuro proyecto de ley. Según indicaron a este periódico fuentes del Ministerio de Economía y Hacienda, lo más probable es que se presente al proyecto de ley de Presupuestos Generales del Estado para 1989, aunque también se estudia la posibilidad de introducirlo en la ley de Tasas y Exenciones Parafiscales, que se encuentra en estos momentos en el Senado, tras pasar los trámites parlamentarios del Congreso de los Diputados. Lo importante, según la Administración, es que esa disposición entre en vigor antes de fin de año para no entorpecer la política del Banco de España de acelerar las dotaciones de bancos y cajas de ahorro.
A este respecto, las citadas fuentes informaron que la circular del banco emisor tendrá que seguir esperando -está preparada desde antes del verano- hasta que no se apruebe esa disposición. Esa circular establece que todas las entidades financieras tendrán que provisionar totalmente, en su balance de 1988, los fondos de pensiones acordados con sus empleados. La autoridad monetaria había dado inicialmente de plazo hasta 1992 para realizar esas provisiones; sin embargo, los buenos resultados de bancos y cajas de ahorro en este ejercicio aconsejaron al Banco de España adelantar esa fecha hasta el 31 de diciembre próximo. Esa medida supondrá una reducción de los beneficios de la banca en 110.000 millones de pesetas y otros 140.000 millones en las cajas.
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