Tres altos cargos de la Administración desempeñan funciones incompatibles en empresas privadas
, Tres altos cargos socialistas están incursos en actividades incompatibles, según dictámenes jurídicos de la propia Administración. Paulina Beato, presidenta de la sociedad anónima estatal Red Eléctrica de España; Rafael Suñol presidente del Banco de Crédito Industrial (perteneciente al Instituto de Crédito Oficial) y Nieves Rodríguez consejera delegada de la Caja Postal, están ocupando al mismo tiempo puestos en consejos de administración de empresas privadas, infringiendo, con ego la ley de Incompatibilidades de 26 de diciembre de 1983 y la orden del Ministerio de la Presidencia de 16 de marzo de 1984, que complementa y desarrolla la primera de las normas citadas.
Paulina Beato, cordobesa de 40 años, catedrática de Teoría Económica y amiga de Carlos Solchaga, Carmen Mestre y otros muchos nombres destacados del PSOE preside desde su creación, a finales de 1984, Red Eléctrica de España (REDESA) -empresa mixta de mayoría pública para la explotación unificada del sistema eléctrico nacional-. Paulina Beato fue llamada a finales de diciembre del pasado año por Mario Conde para que se incorporase al Consejo de Administración del Banco Español de Crédito (Banesto). Este banco tiene importantes intereses en varias compañías eléctricas (Unión-Fenosa, Hidrola y Sevillana de Electricidad).La presidenta de REDESA se confiesa "afin al PSOE. He trabajado y estoy trabajando con ellos, con quienes comparto una serie de principios básicos, pero no pertenezco al PSOE ni a ningún partido político".
Rafael Suñol, de 42 años de edad y, más de 20 de militancia socialista, es presidente desde febrero de 1983 del Banco de Crédito Industrial (BCI). Suflol, tras la reciente conversión de los créditos del BCI a Fuerzas Eléctricas de Cataluña, SA (FECSA), en capital, fue nombrado en febrero consejero de esta compañía privada de electricidad.
Nieves Rodríguez, nombrada en febrero pasado consejera delegada de la Caja Postal, declaraba a un semanario económico apenas hace un mes: "Espero que mi nombramiento no haya sido motivado por aquello de la mujer cuota, aunque no me importaría que por esa vía se vaya colocando la mujer en su lugar". Nieves es también consejera de la Compañía Telefónica, entidad de mayoría de capital privado.
Actividades prohibidas
Los presidentes y consejeros delegados de empresas públicas, como es el caso de las tres personas citadas, tienen la consideración de altos cargos a efectos de aplicación de la ley de incompatibilidades de 1983, según consta textualmente (véase el Boletín Oficial del Estado de los días 26 y 27 de diciembre de 1983) en su artículo 1º: "A efectos de esta ley, se consideran altos cargos los de presidente, director general, gerente y equivalente de entes públicos, monopolios estatales y las empresas con participación pública, directa o indirecta, mayoritaria, cualquiera que sea su forma, y de las cajas de ahorro de fundación pública estatal".
Al tener carácter de cargo público, los citados presidentes de empresas y bancos estatales están obligados -artículo Y de la citada ley- a desempeñar sus cargos con "dedicación absoluta". Y son "incompatibles con el desempeño, por sí o mediante sustitución, de cualquier otro puesto, profesión o actividad, públicos o privados, por cuenta propia o ajena, retribuidos mediante sueldo, arancel, honorarios o cualquier otra forma, incluidos los cargos de representación popular...".
El artículo 7º de esta ley, en su apartado C, aún es mucho más preciso en las restricciones a que están sometidos los presidentes de empresas públicas respecto al ejercicio de actividades privadas. En él se incluye expresamente como incompatibles "el ejercicio de cargos, por sí o por persona interpuesta, que lleven anejas funciones de dirección, representación o asesoramiento de toda clase de sociedades mercantiles y civiles y consorcios de fin lucrativo, aunque unos y otros no realicen fines y servicios públicos, ni tengan relaciones contractuales con las Administraciones, organismos o empresas públicas".
Una orden del Ministerio de la Presidencia de 16 de marzo de 1984 (véase Boletín Oficial del Estado de 21 de marzo de 1984) completa la regulación de la ley de incompatibilidades para los presidentes de empresas estatales. Esta orden, en su artículo 22, dice textualmente que el ejercicio de estos cargos es incompatible "con cualquier otra actividad, aunque no sea retribuida o se renuncie a su retribución, con las excepciones previstas en el artículo 62". Esta precisión es importante, porque alguno de los altos. cargos citados ha manifestado públicamente que había renunciado a las remuneraciones que le correspondían por ser consejero de un banco privado.
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