Las subvenciones del Estado y la Generalitat para crear empleo superan los salarios pagados
La panoplia de subvenciones, ayudas y bonificaciones a las empresas, instrumentadas por el Gobierno central -a través del instituto Nacional de Empleo (Inem)- y la Generalitat de Cataluña para fomentar la creación de empleo pueden llegar a superar los costes salariales, según un documento interno de una importante patronal catalana. La combinación oportuna de las múltiples subvenciones de las dos administraciones, entre las que apenas existen incompatibilidades, posibilita que las empresas reciban, en algunos supuestos, hasta 720.000 pesetas por trabajador contratado y año, cantidad superior a los salarlos pagados, en algunos sectores con bajo nivel de retribución.
Ello supone que en algunos casos "el coste económico del trabajador es casi despreciable", según el documento citado que aconseja la forma de optimizar las ventajas de las subvenciones. La concurrencia de subvenciones más factible se produce en los contratos de prácticas. Para los menores de 25 años que tengan titulación de Formación Profesional o los desempleados mayores de 25 años que lleven un año inscritos en el paro, el Inem prevé subvenciones de hasta 240.000 pesetas para las empresas que empleen a estos trabajadores. Esta subvención es compatible con la que también ha creado la Generalitat para contratos en prácticas, que tiene una dotación de 15.000 pesetas mensuales (180.000 pesetas anuales).Ambas ayudas son compatibles con la bonificación del 75% de las contingencias comunes de la cuota patronal de la Seguridad Social. Además, estas tres subvenciones se pueden combinar con una cuarta ayuda de la Generalitat destinada a fomentar el empleo de mayores de 45 años y que tiene una cuantía de 300.000 pesetas anuales.
En este caso, lograr la combinación con las subvenciones anteriores es difícil, pero no imposible. Se trata de buscar personas mayores de 45 años con un título reciente de formación profesional de segundo grado o que sea su primer empleo. En el caso de lograr la concurrencia de las cuatro subvenciones citadas, los recursos obtenidos por las empresas pueden alcanzar las 720.000 pesetas anuales, lo que permite pagar con fondos públicos un sueldo de 50.000 pesetas mensuales, con las dos pagas extraordinarias incluidas, sin ningún coste para el empresario y "aún sobra algo para pagar la pequeña parte de Seguridad Social no bonificada", según indica el boletín de la patronal.
El parado ideal
Desde esta óptica, el parado ideal para emplear debería permitir compatibilizar las siguientes ventajas: contratación temporal, bonificada por la Seguridad Social y subvencionada por el Inem y la Generalitat. Según el documento, se trataría de un contrato en prácticas que reuniese las siguientes condiciones:1. Que el contrato sea posterior al 12 de febrero de 1988.
2. Que su duración sea de un año y medio y a jornada completa.
3. Que el contratado haya estado inscrito en el paro los dos años anteriores a la contratación y haya agotado las prestaciones económicas contributivas y asistenciales.
4. Que el contratado haga menos de cuatro años que tiene el título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente, y en el caso de poseer otro título, que sea su primer empleo.
5. Que el contratado no sea cónyuge, ascendiente o descendiente, etcétera, del empresario o de altos cargos de la empresa.
6. Que el contratado sea mayor de 45 años en el momento de realizar el contrato.
7. Que la empresa no haya amortizado puestos de trabajo de la misma categoría en los últimos seis meses.
8. Que la empresa esté al corriente de la Seguridad Social.
Además de las ayudas citadas en el supuesto anterior, tanto la Administración central como la Generalitat han instrumentado un número mucho más amplio de subvenciones. Así, el Inem otorga una subvención de 400.000 pesetas por la contratación indefinida y a jornada completa de mayores de 45 años, que lleven inscritos como demandantes de empleo al menos un año. Esta subvención no es compatible con la equivalente de la Generalitat para mayores de 45 años, que, por otra parte, resulta mucho más ventajosa para las empresas al no exigir la contratación indefinida como el Inem.
En los contratos de formación también es posible la concurrencia entre las ayudas de ambas administraciones. Para el acceso de jóvenes de 16 a 20 años a un puesto de trabajo, el Inem prevé reducciones a la Seguridad Social del 90% o del ciento por ciento, según las empresas tengan más o menos de 25 trabajadores, respectivamente. Además, las empresas que realicen cursos de formación para estos trabajadores pueden recibir hasta tres millones de pesetas para cursos de 20 alumnos y 200 horas del Plan Nacional de Formación. Estas ayudas son compatibles con la subvención de 10.000 pesetas mensuales para contratos de formación de la Generalitat.
Joaquim Ferrer Mallol, director general de Empleo de la Generalitat, manifestó a este diario que considera muy difícil que con las subvenciones de la Administración central y las de la Generalitat se pudiera llegar a cubrir el ciento por ciento de los salarios de los nuevos contratados, pero admitió que no existía una normativa sobre incompatibilidades de subvenciones, a excepción de las establecidas para mayores de 45 años. Ferrer Mallol destacó que gracias a estas ayudas el paro juvenil había descendido en Cataluña del 43% al 26% entre 1984 y 1987, mientras que en el conjunto del Estado se había mantenido en tomo al 39% durante el mismo período.
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