Los títulos no universitarios obtenidos en el extranjero podrán convalidarse en los consulados
Los estudios y títulos no universitarios cursados en el extranjero podrán convalidarse en las agregadurías de Educación de consulados o embajadas españolas, de acuerdo con un real decreto del Ministerio de Educación y Ciencia publicado ayer en el Boletín Oficial del Estado. Hasta ahora, esta posibilidad existía únicamente para emigrantes españoles o hijos de emigrantes, a quienes se exigía además seguir a lo largo del curso correspondiente estudios de lengua española. Dicho decreto, que viene a regular la homologación y convalidación de estudios, títulos y diplomas cursados por españoles en el extranjero, permitirá también a los extranjeros que quieran cursar estudios en centros españoles homologar sus títulos o diplomas a través de la delegaciones provinciales de Educación.El real decreto viene a simplificar el procedimiento administrativo de homologación y convalidación de estudios, al permitir que la convalidación se realice por ciclos y no curso a curso. También contribuye a la agilización de trámites, al fijar un tope máximo de tres meses para la resolución de estos expedientes.
Según esta disposición, los estudios extranjeros que no sean homologables a los títulos españoles podrán ser objeto de convalidación por cursos del sistema educativo español.
Por otra parte, y según la agencia Europa Press, que cita fuentes oficiales, durante 1987 se presentaron cerca de 18.000 expedientes de convalidación de estudios no universitarios al Ministerio de Educación y Ciencia, casi la mitad de los cuales, 7.000, correspondían a cursos de bachillerato y de COU.
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