Declarado legal que los policías porten placas con sus nombres
La identificación de los policías mediante la inicial del nombre y el primer apellido completo es conforme a derecho y pretende garantizar los derechos de los ciudadanos frente a los hipotéticos abusos de autoridad de sus agentes", según una sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Territorial de La Coruña el 18 de enero último. Esta resolución desestima un recurso del Sindicato Profesional de Policía local que impugnó dicha placa.
El mencionado sindicato policial se opuso a colocarse la placa alegando que podía conculcar su propia imagen y su intimidad personal y familiar. La sala entiende, sin embargo, que no alcanza a comprender "de qué modo puede resultar conculcada", dice, "la propia imagen del funcionario o su intimidad personal y familiar por el mero hecho de acreditar su identidad de forma visible en aras de una mayor transparencia de la actuación policial y de un más eficiente servicio de la ciudadanía".
En los fundamentos jurídicos de la sentencia se razona que "lo que pretende la medida identificativa obligatoria no es otra cosa que la de garantizar los derechos de los ciudadanos frente a los hipotéticos abusos de autoridad".
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