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España no logra la extradición de Palazón desde Uruguay por problemas jurídicos

El ex diplomático Francisco Javier Palazón, procesado por un supuesto delito de evasión de divisas, no podrá ser entregado a España por problemas jurídicos, aseguró a EL PAÍS un alto funcionario del Ministerio de Asuntos Exteriores de Uruguay. Este diagnóstico coincide con un dictamen de la representación diplomática española en Montevideo, elaborado a petición de la Audiencia Nacional española, que se interesó por la posibilidad de lograr la extradición. Además, como Palazón dispone de residencia suiza, tiene cobertura legal en Uruguay, con independencia de las autoridades españolas.

ENVIADO ESPECIAL, Un dato importante para este caso es el hecho de que el tráfico de divisas no constituye delito en Uruguay, por ser zona de libre cambio. Además, el tratado de extradición actualmente vigente entre España y Uruguay no prevé la figura delictiva de evasión de divisas. Por ello, en opinión de los expertos, es inviable que se acceda a una petición de extradición de Francisco Javier Palazón.Otro factor jurídico complementario es la propia dinámica futura de lo que en España se califica como delito de evasión de divisas, que quedará prácticamente abolido el 1 de enero de 1992 cuando entre en vigor el Acta única Europea, que coincidirá con el final del proceso de integración de España en la Comunidad Europea.

Uruguay carece de datos oficiales fidedignos de tipo estadístico sobre los procedimientos de extradición, dada su peculiar estructura administrativa. El poder judicial es un cuerpo plenamente autónomo, dependiente de la Corte Suprema de Justicia, y no existe un Ministerio de Justicia similar al de otros países (el nuevo régimen democrático abolió el departamento de Justicia). El único registro oficial sobre extradiciones es el que posee el Ministerio de Asuntos Exteriores, pero se trata de un banco de datos incompleto y confuso. Los juristas coinciden en asegurar que este país es reacio a conceder extradiciones a no ser que se refieran a asuntos muy claros, sin ninguna complicación legal, y que estén perfectamente fundamentados.

Las antecedentes

El último caso de extradición planteado por España a Uruguay se produjo en 1983, cuando fue detenido en Montevideo un ciudadano, Jaume Grau, que había sido procesado en Barcelona por supuesta apropiación indebida. Jaume Grau era directivo de la empresa Financing, vinculada al Banco de los Pirineos, y huyó de¡ país en 1982 junto con otros dos directivos de la compañía.

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Jaume Grau fue detenido el 26 de mayo de 1983, pocos días después de que los Reyes visitaran Uruguay. La policía le localizó con facilidad, pues había dado de alta a su esposa y sus cuatro hijos en el consulado. Las autoridades uruguayas no ordenaron, sin embargo, la detención de los otros dos huidos, a pesar de que convivían con él en un mismo chalé situado cerca de la playa de Carrasco, en Montevideo. Uruguay denegó oficialmente la extradición dé este detenido, pero Grau decidió regresar voluntariamente a España y ponerse en manos de la justicia. Luego fue juzgado y absuelto por la Audiencia de Barcelona.

El caso anterior al de Grau fue planteado contra Samuel Mateu en 1974. Mateu, natural de Balaguer (Lérida), se encontraba reclamado por un delito de alzamiento de bienes. Los tribunales de Uruguay no concedieron la extradición, basados en el argumento de que se trataba de un delito que no estaba incluido en el convenio suscrito con España.

Hace pocos días, el Gobierno español solicitó la extradición de Ricardo Pérez Llobet, nacido en Uruguay, pero en la actualidad nacionalizado español. Se le acusa de haber inducido a una muchacha a lanzar vitriolo sobre el rostro de una azafata, en un suceso que acabó con la muerte de ésta.

El tratado de extradición vigente con Urugay data de 1885. Portavoces del Ministerio de Justicia consideran que este convenio debería modificarse con la máxima urgencia. Sin embargo, las autoridades consulares aseguran que todavía constituye un instrumento eficaz.

Renovación de papeles

Sea cual sea la modificación que pudiera efectuarse sobre este convenio, todo indica que no podrá afectar a Palazón, según las diversas fuentes jurídicas consultadas en Montevideo. Las razones por las que, al parecer, la Audiencia Nacional no ha solicitado la extradición del ex diplomático radican en que nunca hasta ahora se ha tenido la certeza de que Palazón estuviera instalado en Uruguay y en las dudas jurídicas sobre el éxito que pudiera tener la demanda. De esta forma, ni la policía uruguaya ni la Interpol han desarrollado ninguna actuación sobre el prófugo.

Francisco Javier Palazón tiene residencia suiza, y esta condición le ha sido renovada recientemente, por lo que su situación tiene cobertura legal en Montevideo. El ex diplomático había sido cónsul general de España en Ginebra, por lo que adquirió la residencia en dicha ciudad, en 1983, antes de estallar el asunto judicial. Posteriormente, las autoridades suizas le renovaron los papeles, según fuentes cercanas al interesado.

El único procedimiento judicial susceptible de provocar la extradición del ex diplomático español sería el que se sigue contra él por delitos monetarios en la Audiencia Nacional, pero la inexistencia del delito monetario en Uruguay y su residencia suiza le protegen.

Otra demanda que podría haberle provocado problemas ha sido abandonada. Hace pocos meses, la banca Rotschild, de Suiza, decidió retirar la querella que había presentado en 1985 contra Palazón, interpuesta por los supuestos delitos de falsedad, apropiación indebida y estafa.

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