El propietario de Gure Etxea afirma que temió por su vida
El propietario del restaurante madrileño Gure Etxea, Ignacio Loinaz, manifestó ayer en el juicio que se sigue contra él por la muerte de José Luis Díaz Padrino cuando éste y otros dos delincuentes pretendían atracarle, que realizó tres disparos contra los asaltantes porque temió por su vida. Díaz Padrino portaba un estilete con el que amenazó a Lomaz y posteriormente le dio dos puñaladas: una alcanzó al dueño del restaurante en una mano y otra le desgarró la gabardina. Loinaz, en un forcejeo con Díaz Padrino, realizó tres disparos, uno de los cuales, que entró por la espalda, fue el causante de la muerte del atracador.Según los testimonios de Lo¡naz y de dos empleadas de la limpieza que se encontraban en el restaurante en el momento del atraco, a las dos de la madrugada del 9 de diciembre de 1984, tres personas armadas entraron en el local cuando estaban cerrando. Inmediatamente tiraron al suelo a las dos empleadas, y Díaz, mientras exigía el dinero de la caja, amenazó con el estilete a Ignacio Loinaz, quien, a su vez, intentó sacar la pistola.
Revive las imágenes
Se produjo entonces un forcejeo, y, al oír los tres disparos, los otros dos atracadores, José María Collado y Alfonso Robles, que han sido ya condenados a cinco años de prisión cada uno por este atraco, salieron huyendo a pesar de que uno de ellos portaba un arma de fuego.Loinaz y sus dos empleadas insistieron en que el dueño de Gure Etxea no disparó cuando los delincuentes huían, sino que la fuga se produjo a raíz de los disparos. Loinaz añadió también que revive muchas veces las imágenes del hecho y que en ocasiones el recuerdo no le deja dorimir por la noche.
El fiscal, que ha defendido en repetidas ocasiones que se levantara el procesamiento de Loinaz, señaló que no tenía acusación que hacer, y en realidad intervino como una defensa más del acusado.
El fiscal afirmó que Loinaz actuó en legítima defensa contra una agresión legítima de los atracadores. Agregó que ahora, con posterioridad y reposo, el tribunal podía examinar la existencia de la legítima defensa, pero que en el momento del atraco la acción fue instantánea y Loinaz no tuvo tiempo para hacerse reflexiones de este tipo.
La acusación particular destacó la existencia de dos delitos, lesiones y homicidio, pues un disparo hirió en la mano de atracador fallecido y otro le causó la muerte.
Según el abogado que represerita al padre del delincuente muerto, se aplica la legítima defensa al disparo en la mano, pero no al que le causó la muerte, puesto, según el letrado, Díaz Padrino se encontraba huyendo al recibir el disparo mortal. Calificó el hecho de homicidio y solicitó una pena de 14 años, 8 meses y 1 día para Loinaz.
Jaime Miralles, defensor del propietario de¡ restaurante, calificó los hechos de delito de homicidio, pero eximió a su representado de responsabilidad por entender que actuó en legítima defensa. El caso ha quedado visto para sentencia.
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