El Opus
EL OPUS Dei es una asociación pía que durante el franquismo se distinguió por su colaboración con el poder, su secretismo institucional y una brillante combinación de espiritualidad y acción política. Ahora está batallando en la sombra para arrancar del Gobierno español el reconocimiento de su nueva personalidad canónica de prelatura personal en el marco de los acuerdos concluidos entre España y la Santa Sede en 1979. El asunto plantea un problema de interpretación jurídica de unos acuerdos de carácter internacional. Y sería absurdo que esta batalla estrictamente particular, por muy poderosa que sea la parte que la alimenta, derivara en un conflicto de altura entre España y el Vaticano.Es improbable, no obstante, que ello ocurra. En primer lugar, porque toda duda que pueda surgir sobre la interpretación de tal o cual artículo de los acuerdos de 1979 tiene su marco de tratamiento en la comisión mixta Exteriores-Nunciatura. Pero, sobre todo, porque ni al Estado ni a la Iglesia les debe interesar remover los cimientos de unos pactos dudosamente constitucionales que, sin embargo, se han revelado operativos para solventar los conflictos entre ambas instituciones. La denuncia de los acuerdos por el Gobierno le abriría un frente religioso que en nada puede beneficiar ahora a Felipe González. Y no es creíble que el Vaticano arriesgue sus privilegios actuales en una operación de incierto resultado.
Las pretensiones del Opus de acogerse a las abundantes exenciones fiscales previstas para las organizaciones religiosas en los pactos citados responden, más que a motivaciones económicas, al prurito de diferenciación que siempre ha caracterizado la trayectoria de esta asociación en el seno de la Iglesia. En cuanto instituto secular, primitiva forma canónica con la que nació, el Opus puede gozar, si cumple con los requisitos legales, de esas exenciones y de las ventajas de todo tipo con que el Estado ha distinguido a la Iglesia, primero mediante el Concordato de 1953 y después mediante los acuerdos de 1979. Pero pretender que el Estado reconozca, sin más, el cambio sobrevenido en la personalidad canónica del Opus sería retroceder a la época en que en Roma se defendía la prevalencia del llamado derecho divino sobre el poder de los monarcas medievales.
El Opus Dei mantiene que su nueva estructura jurídica de prelatura personal podría acogerse a los acuerdos Iglesia-Estado de 1979 cuando hablan de otras circunscripciones territoriales". Y ello porque, habiéndose transformado en una diócesis con jurisdicción universal en toda la Iglesia, estaría justificada su división en territorios, uno de los cuales sería España. De esta forma intenta mantener su tradicional postura de negarse a transitar por los caminos ordinarios abiertos a las demás congregaciones y asociaciones religiosas y, al mismo tiempo, obviar las dificultades que plantea la aceptación expresa por el Estado de una entidad canónica de dimensión internacional como es la figura de la prelatura personal. Sin embargo, no se comprende muy bien cómo puede acogerse a los acuerdos de 1979 un concepto canónico surgido en la Iglesia a finales de 1982.
El papa Wojtyla ha dado abundantes pruebas de simpatía por el Opus Dei Cabe preguntarse si ésta es tan grande que está dispuesto a intentar forzar la modificación de unos convenios internacionales con un Estado soberano. Si, contra toda lógica, ello se produjese, sería la ocasión de abordar no sólo este punto, sino todos aquellos que, al encubrir privilegios a favor de la Iglesia, no encajan en los límites de la Constitución.
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