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Tribuna:EL PROYECTO DE LEY DE INFRACCIONES Y SANCIONES SOCIALES
Tribuna
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Quien rompe el equilibrio social

El simple proyecto de una ley reguladora de infracciones y sanciones en el orden social ha desencadenado las iras de los empresarios, aun ignorándose el alcance del proyecto de ley e incluso las posibilidades de ponerlo en práctica. Pero el simple envío del proyecto a las Cortes se ha significado por una reacción desmesurada de la Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE) y, en su nombre, la airada réplica de su presidente, aparecida en EL PAÍS el pasado día 9.Un escrito que, por su tono y el grado de representatividad que ostenta su autor, debemos deducir que expresa la actitud y comportamiento general de los empresarios. Actitud y comportamiento que no se corresponden en la práctica con los observados tanto en las relaciones laborales en el ámbito de las espectivas empresas como en el respeto a la legislación laboral, a las decisiones y sentencias de las magistraturas del trabajo o a la acción de los organismos competentes cuando éstas les resultan adversas.

Equilibrio social

Es algo tarde para rasgarse las vestiduras, señor presidente de la CEOE. El equilibrio social hace tiempo que se hizo trizas, y precisamente por las causas que apunta acertadamente, por la injerencia de la Administración del Estado. Una intervención que entonces vio gustosamente, puesto que por aquellos años y circunstancias la acción sindical y el grado de consciencia de los trabajadores contaban bastante a la hora de discutir las condiciones laborales y necesitaban ustedes urgentemente un mediador conveniente.

Ese equilibrio que, según usted, amenaza romperse es su equilibrio, el que le ha permitido la inestabilidad en el empleo, la congelación salarial, el despido libre y la contratación en los términos que les ha interesado; a más de proporcionarle cobertura suficiente para deshacerse o discriminar a los elementos díscolos o poco decididos a equilibrarse.

Todo esto a cambio, manifiesta usted, del apoyo sincero al desarrollo de la libertad sindical, en realidad limitada por y para sostener ese equilibrio, y a esas fortísimas reducciones de jornada sufridas por la patronal durante los años 1980,1981 y 1982. Un apoyo -el suyo, naturalmente- valorado insuficientemente, quizá por no aparecer por parte alguna contrapartidas que abonaran la bondad de su política, considerado el índice de paro creciente y la escasa incidencia real del sindicalismo.

Sin embargo, deben reconocer que encontraron buenos valedores: la amenaza de crisis económica, la necesidad de convencerles a invertir y, finalmente, la entrada en el Mercado Común Europeo ensalzaron su figura y les convirtieron de la noche a la mañana en los presuntos salvadores de esta sociedad, presunción que tiene menos adeptos cada día, pero que sigue sosteniéndose gracias al apoyo de ese mismo Gobierno que critica tan agriamente cuando así le conviene.

No se quejen ustedes, nadie les hubiera dado tanto y exigido menos, pues para nadie es un secreto que hasta ahora las posibilidades de defensa de los trabajadores frente a los empresarios han sido más bien escasas, que incluso en aquellos casos en que las leyes vigentes han fallado a su favor se han incumplido las sentencias, que la osadía y el poder han impuesto en último término las condiciones, especialmente en los capítulos de indemnizaciones, despido y readmisiones, cuestiones en el tratamiento de las cuales los empresarios se han manifestado, sobre todo en los últimos años, con un menosprecio por los que se atreven a llamar sus interlocutores que roza el cinismo más absoluto. Parece como si su aceptación del marco legal de la jurisprudencia laboral hubiera sido hecho con el único propósito de demostrar su prepotencia para vulnerarlo.

Situaciones límite

¿Cuántas veces ha dispuesto la magistratura de trabajo la readmisión de un trabajador y la empresa se ha negado a cumplir lo dispuesto? ¿En cuántas ocasiones se ha colocado al trabajador en la disyuntiva de aceptar la indemnización o, de lo contrario, dilatar indefinidamente su situación de despedido real, aunque exista fallo a su favor?

Incluso jugando con su dignidad, colocándolo como un pelele frente al puesto de trabajo, pero sin permitirle tocar una sola herramienta o desempeñar su labor, abonando sus haberes, pero haciéndole sentirse impotente y ridiculizado.

En ocasiones hasta hemos dudado de que ésta sea únicamente una acción para demostrar su fuerza y habilidad para soslayar la justicia e incumplir las obligaciones pactadas, sino que existe un propósito preconcebido de conducir a situaciones límite desde las cuales se pueden provocar reacciones fácilmente punibles.

Dígame, señor Cuevas, cuántas veces se ha aplicado la ley antiterrorista a un empresario o declarado ilegal su organización. En datos y de memoria guardo una lista interminable de trabajadores y organizaciones que sufrieron la persecución y la ilegalidad.

No se queje, señor Cuevas: dentro de pocas semanas, cinco trabajadores de la empresa Michelín, de Vitoria, serán juzgados en la Audiencia Nacional por el delito de haber puesto en duda ese equilibrio, el que a usted tanto le preocupa y que, mientras no se demuestre lo contrario, solamente es garantía de mantenimiento antisocial. Aplicar la ley antiterrorista a un grupo de trabajadores por el carácter de su acción sindical frente a la arbitrariedad y el acoso empresarial sí rompe un equilibrio: el mío y el de toda una clase social.

es licenciado en Historia Contemporánea por la Universidad Autónoma de Barcelona y ha sido secretario general de Cataluña y también secretario general de España de la Confederación Nacional del Trabajo (CNT).

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