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La Audiencia de Sevilla admite atenuantes al condenar a dos jornaleros de Pruna

La sección tercera de la Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a seis meses y un día de prisión a los jornaleros José Armario Medina y Francisco García Castillero, ambos concejales de Izquierda Unida (IU) del Ayuntamiento de Pruna (Sevilla), corno autores del delito de desordenes públicos, por un corte de carretera efecutado en enero de 1984.No obstante, la sala apreció la atenuante analógica, al considerar que "la situación de claro en que los procesados se encontraban, sin solución de momento, era una situación angustiosa que les produjo un estado pasional de cierta entidad y que fue la causa de su actuar ilícito". La pena lleva aparejada la suspensión para el ejercicio de cargos públicos. Los dos condenados participaron, junto a otros tres procesados que no fueron juzgados -dos por estar trabajando fuera de Sevilla y uno por fallecimiento- y varias personas más de la localidad de Pruna, en un corte de carretera en petición de mejores condiciones de trabajo en el campo. Durante la vista celebrada la semana pasada, a la que asistieron representantes de diversos sindicatos y fuerzas políticas, el abogado defensor alegó la eximente de "estado de necesidad", que no que apreciada por el fiscal, quien, sin embargo, admitió la atenuante analógica. La sentencia, que será recurrida ante la sala segunda del Tribunal Supremo, admite la "situación angustiosa" de los condenados, pero señala que su acción atentó contra la paz pública y que los jornaleros eran "conscientes en todo momento" de los trastornos que iban a ocasionar. El rechazo de la atenuante de "estado de necesidad" se basa en que la situación de paro ya existía con anterioridad a los hechos y que con la acción de los procesados no se resolvía, pues no dependía de ellos, sino de las autoridades competentes". Según la sentencia, los jornaleros son responsables "en concepto de autores" del delito de desórdenes públicos, por haber tomado parte directa y voluntariamente en su ejecución. El juez estima que los condenados tenían otros medios a su alcance para reivindicar sus peticiones, "y sin embargo utilizaron éste ilegal, por considerarlo más efectivo". El juicio contra los jornaleros levantó gran expectación y coincidió con una huelga general en Pruna.

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