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Cartas al director
Opinión de un lector sobre una información publicada por el diario o un hecho noticioso. Dirigidas al director del diario y seleccionadas y editadas por el equipo de opinión

¿Directriz o directiva?

Cuestión de la mayor importancia es la de cuidar la terminología que debe utilizarse como equivalente de ideas en las cuestiones relacionadas con la Comunidad Europea. Y es necesario para evitar la confusión que puede producir, por ejemplo, una mala traducción e interpretación de las normas emitidas para su aplicación en los países miembros, y, por ello, en España.Quiero referirme a la gran confusión que existe actualmente en relación con el uso más adecuado de los términos directriz o directiva como traducción del vocablo francés directive referido a norma.

Durante bastante tiempo se ha venido utilizando la palabra directriz, pero después se ha efectuado una traducción oficial generalizando el término directiva, que figura en textos oficiales y en diversas publicaciones.

Personalmente no tengo formación lingüística suficiente para dilucidar el problema, aunque me inclino a defender el término directriz como expresión de norma, de acuerdo con el Diccionario de la Real Academia Española, que reserva la palabra directiva para expresar el órgano de dirección, y el de directriz, para la norma. Es corriente emplear el término directrices en España cuando se desea indicar que se han dado instrucciones para realizar cualquier trabajo o estudio. Así, se dice, por ejemplo, que "se han marcado las directrices necesarias (no directivas) para realizar tal o cual cosa...", lo que quiere indicar que se han establecido las normas correspondientes.

Mi opinión es la de que, sin entrar en el análisis técnico de los vocablos, el de directriz o directrices -singular o plural- está más de acuerdo con los usos y costumbres utilizados y arraigados en España y, en definitiva, con lo establecido por la máxima autoridad de la Real Academia. Y considerar que cuando se utiliza directiva nos referimos a un órgano de dirección, individual o colectivo, como cuando decirnos la junta directiva de tal o cual organismo, o nos referimos al consejo directivo o a los directivos de...

Las directives de la Comunidad Europea son normas, y su traducción e interpretación deben ajustarse al contenido y significación de las mismas, para incorporarlas a nuestro ordenamiento jurídico de la manera más correcta. Y se hace necesario más que nunca huir de las traducciones literales para interpretar correctamente las numerosas disposiciones de carácter técnico, económico, financiero, etcétera, que requieren un gran cenocimiento de la lexicología específica.-

Miembro de la Real Academia de Ciencias Económicas y Financieras.

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