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EL JUICIO DE LA COLZA

El tribunal rechaza preguntar a Irán e Irak si el síndrome tóxico causó bajas en sus ejércitos

El tribunal del juicio de la colza ha denegado la petición del ahogado acusador Arturo García Hernández, quien de forma irónica reclamó la semana pasada que se solicitara a los Gobiernos de Irán e Irak información sobre las bajas en sus ejércitos a causa del síndrome tóxico. Esta petición se produjo después de que el ahogado Jesús Castrillo plantease una batería de preguntas a su defendido, Ramón Alabart, en las que sugería que el origen del síndrome tóxico fueron unos experimentos de guerra bacteriológica realizados en España para una posterior aplicación en las dos naciones en conflicto.

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Los tres magistrados hicieron pública ayer una amplia resolución. Entre otras cuestiones, autorizaban nuevos careos entre varios procesados; fijaban el orden definitivo de declaración de los acusados, y denegaban la petición de dos letrados -Arturo García y Doris Benegas-, quienes solicitaban que a través del tribunal se reclamase a los Gobiernos de Irán e Irak la lista de bajas ocasionadas en los ejércitos respectivos como consecuencia del síndrome tóxico.Según la hipótesis sostenida por la defensa de los principales procesados, las armas químicas y bacteriológicas, fabricadas en España en connivencia con Estados Unidos, se experimentaron en Almería antes de enviarlas a los dos países en guerra; y el experimento "se les fue de las manos", de ahí el interés de la Administración de ocultar la causa del envenenamiento.

El letrado Arturo García, apoyado después por Doris Benegas, solicitó en aquella sesión, en tono abiertamente irónico, que se pidiera la relación de personas afectadas por el síndrome tóxico en aquellos países.

"Quisiera solicitar", dijo, "una documentación que pudiera aportarse por vía diplomática de los Gobiernos de Irán o de Irak para que aportaran una relación de personas que pudieren estar afectadas por el síndrome tóxico en aquel país, con los informes clínicos de que dispusieren, tanto ellos, Naciones Unidas, a través de los cascos azules, o Cruz Roja internacional".

Pruebas pertinentes

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El tribunal denegó ayer la solicitud en una resolución -tampoco exenta de ironía- con el siguiente texto en lo concerniente a ese punto: "Hasta que no aparezca la pertinencia a que se refieren los artículos 24 de la Constitución y 659 de la ley de Enjuiciamiento Criminal, el tribunal no estima oportuno hacer uso del artículo 729.2 de la ley de Enjuiciamiento Criminal para recabar los datos interesados por las acusaciones A-36 y A-21 respecto a los Gobiernos de ciertos países asiáticos".

Estos artículos se refieren a que todas las personas tienen derecho a utilizar en su defensa los medios de prueba pertinentes; y el tribunal interpreta que de momento no es pertinente pedir a Irán e Irak una relación de bajas que -parece evidente- no se han producido mediante ese sistema, pese al éxito del supuesto experimento.

No obstante, el abogado defensor José María Serret se opuso a la petición de los dos acusadores por entender que tal cuestión "es totalmente irrelevante, dado que, al estar prohibida la guerra química por las convenciones internacionales, ninguno de estos Gobiernos va a admitir y confesar que la utiliza". Los acusadores entienden que, sin embargo, cada país sí podría culpar al enemigo de emplearlas, caso de existir enfermos del síndrome tóxico.

EI tribunal acordó ayer nuevos careos para esta semana: entre Enric Salomó (dueño de Aceites Salomó, de Reus) y Agustín Baviera (de Aceites Valencia, de la capital levantina), y entre Fernando Bengoechea (copropietario de Rapsa, de San Sebastián) y Ramón Alabart, propietario de Alabart Hermanos, de Reus. Igualmente, el tribunal solicitó a Juan Miguel Bengoechea, hermano de Fernando, que aporte el estado de cuentas de sus relaciones comerciales con el intermediario Jorge Pich.

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