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Cartas al director
Opinión de un lector sobre una información publicada por el diario o un hecho noticioso. Dirigidas al director del diario y seleccionadas y editadas por el equipo de opinión

Transfusiones en Bellvitge

Ante la gravedad de la realización de transfusiones sanguíneas sin las preceptivas pruebas de prevención de anticuerpos del SIDA, que ha movido al ministerio público a interponer una querella contra la directora del Servicio de Hemoterapia del hospital de Bellvitge, la totalidad de trabajadores de este servicio desea aclarar los siguientes extremos.

Con anterioridad a la fecha en que entró en vigor la orden de la Generalitat que establecía la obligatoriedad de practicar pruebas de detección de anticuerpos del Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (SIDA), este servicio indicó a la dirección del hospital, en diciembre de 1985, la conveniencia de que se adquirieran reactivos para la determinación de anticuerpos VIH, cuyo coste en aquellos momentos ascendía a unos ocho millones de pesetas. El 30 de julio de 1986 se notificó a la dirección médica de nuevo la conveniencia de adquirir los reactivos.

El 7 de noviembre de 1986, la jefa del servicio, doctora Carme Ferran, envió un nuevo escrito a la dirección médica y adjuntó la fotocopia del decreto del Gobierno autónomo, por si el retraso en la compra de los reactivos pudiera ser debido a su desconocimiento. El 1 de diciembre de 1986 se envió un comunicado al jefe del Servicio de Hematología y Hemoterapia recordando la obligatoriedad de cumplir el decreto. El 2 de febrero de 1987 hubo una nueva solicitud de la doctora Ferran a la gerencia para adquisición de reactivos, recordando la obligatoriedad de practicar las pruebas de detección de anticuerpos VIH.

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En fecha indeterminada, dado que la dirección del centro hospitalario no adoptó las medidas oportunas, la doctora Ferran puso verbalmente los hechos en conocimiento de la Generalitat. Hemos de especificar que han sido tres las donaciones detectadas con anticuerpos VIH en las más de 6.000 realizadas en este servicio desde el 11 de noviembre de 1986, fecha en que entró en vigor la orden de la General¡tat, hasta el 28 de febrero de 1987.

Desde el primer día se han intentado buscar responsables, sin analizar la situación institucional del hospital y de la sanidad pública en Cataluña, que ha sufrido un recorte presupuestario importante, lo que ha llevado a primar los resultados de la gestión sobre la calidad de atención sanitaria. El control de anticuerpos SIDA no ha sido legalmente obligatorio en el resto del Estado español hasta el 10 de marzo. Somos los primeros en agradecer a los donantes su colaboración desinteresada y altruista y queremos replicar las manifestaciones sobre el tráfico de plasma. Se ignora que en este país, el 90% de las necesidades de hemoderivados (Factor VIII para el tratamiento de hemofilicos, etcétera) deben importarse, y que únicamente se cubre con los excedentes de los hospitales el 10% restante.

El Real Decreto 1945/85 del 9 de octubre regula y ordena el aprovechamiento integral de todos los derivados, decreto que este servicio ha intentado aplicar correctamente. Este hospital pues, no vende sangre donada, sino el plasma excedente, y el importe de su venta legal pasa directamente a la administración general del centro, sin que el Servicio de Hematología y Hemoterapia intervenga.

Por último, recalcamos que la jefa de servicio, doctora Carme Ferran, denunció correctamente la situación a las instancias superiores, por lo que no cabe, por tanto, la acusación de que no se negó radicalmente a efectuar transfusiones; esa negativa hubiese derivado en graves perjuicios a los enfermos hospitalizados.

Por todo ello nos solidarizamos con ella y con su actuación profesional, que consideramos correcta e irreprochable.- y 63 firmas más. Personal del Servicio de Hemoterapia del hospital de Bellvitge. Barcelona.

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