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Un análisis critico

El Ministerio de Educación y Ciencia acaba de presentar a la mesa intersindical un nuevo borrador de estatuto del mal llamado -todavía-, según los autores, "profesorado estatal no universitario". No hay modificación sustancial respecto al anterior. Lo que salta a la vista es la incongruencia de proclamar que el proyecto de estatuto se elabora en discusión con una mesa intersindical representativa cuando aún no se han celebrado las elecciones sindicales en el funcionariado.

Podríamos agrupar las principales objeciones, desde el punto de vista de la secundaria, de la manera siguiente:1. Carrera docente. El estamento oficial echa las campanas al vuelo hablando de la novedad de la "carrera docente". No hay tal. Habría que llamarla, a lo más, "carrera docente no universitaria", puesto que no se prevé un paso efectivo desde el nivel secundario a la enseñanza universitaria. En cualquier caso, la innovación que pueda suponer esa gran palabra sólo se refiere a los profesores de básica. Los agregados actuales de bachillerato ya tenían el mismo acceso al grado terminal de catedráticos. El profesorado de instituto sale perdiendo: en vez de dos grados (agregado y catedrático), ahora tiene tres. En otras palabras, la novedad de la carrera docente para la secundaria consiste en la siguiente ficción: se deprime a nuestro profesorado estableciendo un grado inferior.

Entonces ya hay carrera: los de ese grado pueden ascender a donde nosotros estamos. Se ha hecho la escalera mediante la adición de un escalón por abajo. Añadamos un aspecto grave y vejatorio para los actuales agregados. Mientras el catedrático obtiene el nivel administrativo 26 -el mínimo que puede dársele-, al agregado se le concede el 21. Son muchos puntos de diferencia. Del profesor recién ingresado le separan tres puntos; del catedrático, cinco.

2. Arbitrariedades y dirigismo. Escojamos el tema de los méritos en los concursos de traslado. Estos méritos se dividen en preferentes y no-preferentes. Causa estupor constatar que "los méritos de carácter académico y profesional que se determinen" son no preferentes, mientras que los puestos en la Administración -designados a dedo- de esos mismos profesores generan méritos preferentes. ¿Es preciso añadir que, en el único caso en que se habla en la comisión evaluadora de los méritos, sus miembros no son escogidos por sorteo, sino designados libremente por la Administración? ¿Y que los sindicatos la asesoran en esa designación?

En los cursos de perfeccionamiento del profesorado ocurre algo semejante. Si se hace por libre, se consideran como méritos no-preferentes, aunque fuesen un año sabático en Harvard; si están organizados por la Administración -no por ello han de ser de calidad-, pasan a ser preferentes. Y, pongamos atención, los méritos no-preferentes no pueden sumar más del 40% de los preferentes. Se podría uno acordar de aquello de "atado y bien atado". Lo oficial tiene un valor intrínseco: clientelismo y direccionismo gubernamental. Como subliminalmente no se cansa de repetir el estatuto, lo que priva en el docente público es su adjetivación de funcionario, como irónicamente comentaba un docto profesor hace pocos días en la Prensa.

Equiparación económica

3. Reivindicación económica. Tradicionalmente, el grado superior de nuestro nivel estaba equiparado económicamente al último de la Universidad. Esta equiparación se rompió, con el inquietante síntoma de quedar desenganchados de un motor que siempre constituía una esperanza. Pero hay más. La homologación se ha vuelto del revés. Nuestro segundo grado -no el último- se vincula prácticamente con el superior de básica. Por supuesto que no nos entristece el bien de otros. ¿Pero es ésta la homologación que se nos venía prometiendo, cuando de modo tangible permanecemos económicamente inmóviles y se nos cambían las tornas?

Respecto de los funcionarios de los cuerpos generales, tampoco hay homologación. Parecería a alguno que el nivel 26 para nuestros catedráticos es digno. Pero ahí subyace un gran equívoco. La remuneración del profesor de secundaria se reduce a sueldo base, trienios y nivel, mientras que la del funcionariado general de nuestra misma titulación y categoría administrativa disfruta además, en la práctica, de un complemento específico y en ocasiones de un complemento de productividad. Ante esta situación depresiva, una de dos: que le suban el nivel al profesor para compensar esas carencias o que concedan complemento específico a las tutorías, jefaturas de área o de seminario, etcétera, puesto que suponen responsabilidades añadidas a la función estrictamente docente. Así se ha hecho con la Universidad -justa, aunque escasamente- para mayor evidencia de la falacia.

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