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Tribuna:EL GRAVAMEN FISCAL A LA INVESTIGACIÓN
Tribuna
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El IVA y el progreso de la ciencia

Las recientes manifestaciones del ministro de Cultura en torno a la supresión o reducción del IVA para el deporte olímpico o la edición de libros muestran el carácter discrecional en la aplicación de este impuesto y la disposición del Gobierno a modificarlo en función de legítimos intereses del deporte y la cultura. Esta apertura, siquiera temporal y oportunista, aconseja romper una lanza en favor de las actividades relacionadas con la investigación científica y el desarrollo tecnológico (I+D), cuya promoción parece ser objetivo prioritario de la Administración del Estado, pero sobre la que inexplicablemente gravita una obligación tributaria del 12% por el concepto del valor añadido.Las insuficiencias históricas de nuestro sistema de ciencia y técnica han sido aireadas en múltiples ocasiones y muy especialmente en torno al debate parlamentario de la ley de la Ciencia, felizmente alumbrada en la pasada primavera. El punto de vista del legislador, coincidente a grandes rasgos con todos los análisis, pasados y presentes, de la situación, establecía tres grandes deficiencias a corregir: la escasez de recursos humanos y materiales, su desconexión del sistema productivo y la falta de coordinación entre las diferentes instancias de las administraciones públicas competentes en materia de ciencia.

De ahí el flamante título de "fomento y coordinación de la investigación científica y técnica" que identifica a la ley, así como su articulado legal, en el que se establecen las bases para una planificación "concertada" de la iniciativas de I+D procedentes de diferentes órganos de la Administración del Estado, todo ello encaminado a promover una financiación adecuada y un aprovechamiento racional de los recursos que, en su gran mayoría, son de titularidad pública.

Por ironía del destino, el mismo año que ha visto la luz tan famosa y esperada legislación ha sido también un año negro fiscal para la investigación científica por la descoordinada política que ha llevado a la implantación del IVA en este sector, lo que ha conducido a una merma real en .los recursos económicos para las actividades de I+D, a la par que ha introducido innecesarias complicaciones en su gestión.

Para el área de influencia del Ministerio de Educación y Ciencia (universidades y Consejo Superior de Investigaciones Científicas), que concentra la mayor parte de los efectivos públicos y privados de investigación básica, los gastos corrientes de investigación y la adquisición del equipo científico se financian en su mayor parte con ayudas procedentes del erario público, administradas por agencias reguladoras como la Comisión Asesora de Investigación Científica y Técnica (CAICYT) y el Fondo de Investigaciones Sanitarias (FIS), y en menor medida por los presupuestos ordinarios propios de las universidades o el CSIC. En conjunto, estas partidas supusieron alrededor de 10.000 millones de pesetas para el año 1985.

Menor capacidad

La mayor parte de estas ayudas se establece por trienios adelantados, sobre la base de las peticiones elaboradas por los investigadores responsables de los proyectos, en cuyo cálculo no hay establecidos elementos correctores para las fluctuaciones en el cambio de moneda extranjera o inflación, ni mucho menos previsiones sobre nuevas presiones tributarias. Considerando sólo este último factor, resulta que la mayoría de los proyectos financiados por la CAICYT ha visto en este año disminuida su capacidad adquisitiva en un 12% por la implantación del IVA.

Buena parte de ellos y prácticamente todos los del CSIC -cuya actividad investigadora se rige por una programación trienal iniciada en 1985- verán igualmente mermada su capacidad adquisitiva en el año fiscal de 1987, de no cambiar el reglamento impositivo, conforme aquí se reclama.

Razones para suprimir el impuesto que grava las actividades de I+D no faltan. Ante todo está la cuestión de principio y el agravio que se establece al considerar la investigación científica como mera consumidora de bienes y servicios, de acuerdo a lo que establece la ley del IVA sobre los destinatarios de este gravamen.

Tal asignación nos retrotrae al concepto aristotélico de la ciencia como "contemplación de las verdades eternas", por oposición a las artes, en tanto que "manipulación empírica de las apariencias".

Como es bien sabido, con el Renacimiento se generaron las condiciones para la unificación de las ciencias y las artes, en forma de aquella "filosofía práctica" con la que Bacon, Descartes y otros impulsaron la conquista de la naturaleza. Y nadie hoy día, excepto quizá los redactores del reglamento del IVA, considera que la ciencia pueda ser algo distinto a una actividad productora de conocimiento. Un bien o un servicio -según se mire- extraordinariamente apreciado en las sociedades contemporáneas.

Existen, por otra parte, razones de oportunidad política para suprimir el impuesto que grava las actividades científicas. Si las nuevas tecnologías han de ser algo más que un reclamo publicitario y si de verdad se busca una sociedad adecuada al reto que en los próximos años va a suponer la capacidad de generar conocimiento, entonces la investigación científica debe establecerse como una prioridad nacional y verse libre de cargas fiscales.

Podría argumentarse que para subsanar la merma de recursos económicos antes señalada bastaría suplementar los proyectos de investigación con el 12% que deben abonar en concepto de IVA, dejando intacto el reglamento tributario.

Esta solución -que todos los investigadores responsables de proyectos se aprestarían a suscribir- muestra, por otra parte, la irracionalidad de un sistema que con una mano da -aumentando el gasto público-, mientras con la otra se lo lleva -para redondear las cuentas de Hacienda-. Debería encontrarse alguna otra solución menos ingenua.

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