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El fuero policial se amplió en marzo

La ley orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado del pasado 13 de marzo amplió el fuero de la policía al establecer que las diligencias relativas a un agente de los cuerpos de seguridad deben pasar a la sala de la Audiencia Provincial desde el momento que existan indicios racionales de criminalidad. La legislación anterior ya sustraía a los juzgados de instrucción la capacidad de procesar al sospechoso, que sólo podían ordenar las salas de la Audiencia Provincial.Una proposición de ley de Coalición Popular, presentada a mediados del pasado septiembre por su portavoz en el Congreso, Miguel Herrero de Miñón, pretende ampliar sustancialmente el privilegio legal. La reforma consistiría en añadir al artículo 8 de la ley citada un párrafo especificando que "la Audiencia Nacional y los juzgados centrales de instrucción serán competentes para conocer e instruir aquellos procedimientos incoados por los supuestos delitos en que pudieran incurrir los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en el ejercicio de las misiones que les encomienda la vigente legislación".

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El texto precisa que la competencia de la Audiencia Nacional entraría en juego cuando los agentes ejercieran las misiones asignadas en la ley antiterrorista, que desarrolla el artículo 55, apartado 2 de la Constitución, donde se regula la posibilidad de suspender determinados derechos constitucionales en el caso de delitos perpetrados por bandas armadas o elementos terroristas.

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