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Agricultura canaria y política mediterránea de la CE: la segunda oportunidad

La situación en que ha quedado la agricultura canaria tras la integración en la Comunidad Europea (CE), junto con otros problemas, está condicionando las relaciones entre 24 Estados. Como se sabe, España ha bloqueado la política mediterránea de la CE mientras no sean satisfechas sus legítimas pretensiones respecto al archipiélago canario. Parece conveniente explicar por qué se ha llegado a este veto en los aspectos derivados, según el autor, de la cuestión canapia.

De acuerdo con la Constitución y el estatuto de autonomía de Canarias, el Parlamento regional expresó en diciembre de 1983 su parecer sobre la modalidad de adhesión a la CE, aprobando la denominada opción dos frente a la opción uno, de plena integración, y la opción tres, de no integración. La fórmula elegida es una síntesis entre la incorporación política a la CE y la pervivencia del tradicional régimen de puertos francos y libertad comercial, quedando Canarias fuera de la tarifa exterior común (TEC), del IVA y de la política agraria común (PAC).Los antecedentes del estatuto diferencial del archipiélago en la CE arrancan de un real decreto de 1852 por el que se otorgaba el régimen de franquicias, ratificado por la ley de Puertos Francos de 1900, que fue actualizada en 1972 con la ley sobre Régimen Económico Fiscal. La necesidad de dichas especificidades para un adecuado desarrollo de la economía isleña no siempre ha sido bien comprendida por la Administración central; de hecho, en diversas épocas anteriores (incluso recientes, bajo UCD), se trató de equiparar Canarias con otras áreas del Estado, lo que cercenaría nuestras posibilidades de crecimiento económico, fuertemente condicionadas por el hecho insular, la parcelación del territorio, la lejanía del resto de la nación y la escasez de recursos naturales. Hay que valorar en sus justos términos, por consiguiente, los esfuerzos realizados desde el Gobierno central para que la incorporación a la CE fuese compatible con la continuidad del modelo de islas francas.En este orden de cosas, resulta oportuno señalar que el equipo dirigido por el hoy vicepresidente de la CE, señor Marín, y en el que participó activamente Fernando Mansito, consiguió de la contraparte comunitaria un 90% de lo solicitado por la Cámara autonómica; sin embargo, determinadas aspiraciones no fueron atendidas debidamente, quizá porque es imposible obtener todo lo que se pretende en una negociación.El grueso de las peticiones canarias se recoge en el artículo 25 y en el protocolo número 2 del acta de adhesión. Ésta, en lo que se refiere al sector agrario, establece unos contingentes arancelarios para 10 productos hortofrutícolas de exportación. Los volúmenes enviados a la CE a 10, dentro de tales contingentes, se beneficiarán de un desarme progresivo en los derechos de aduana hasta alcanzar la franquicia total en 1996; por el contrario, las cantidades exportadas fuera de los mismos deberán seguir abonando la TEC que se pagaba hasta ahora, lo que igualmente se puede decir para los restantes productos.

Por otro lado, y mientras en la Península desaparecerán en 10 años los precios de referencia (mecanismo para la defensa de las frutas y hortalizas comunitarias) y asimismo la imposición de tasas compensatorias derivadas de la aplicación del referido sistema, unos y otras seguirán vigentes para las islas.Esto no era lo recogido en la opción dos ("libre acceso de las producciones agrícolas insulares a la CE"), y de ahí la justificada protesta de los agricultores canarios el pasado año, el rechazo del Parlamento regional a los términos del acta y la crisis política subsiguiente, concluida con la remodelación del Gabinete en los dos departamentos implicados: Agricultura y Economía y Comercio.

Según diversos pareceres, las limitaciones agrarias del protocolo número 2 pueden superarse mediante alguna de las siguientes alternativas:

1. Cambio de la opción dos a la opción uno (plena integración).

2. Incorporación a la PAC manteniendo igual el resto de la opción dos.

3. Adaptación del régimen aplicable a Canarias (conforme al último párrafo del artículo 25, apartado 4, del acta).

Pues bien, frente a los que manifiestan que la solución de aquellos problemas está en solicitar la opción uno o la entrada en la PAC, otros, huyendo de planteamientos maximalistas de conflictiva consecución y/o escasa viabilidad, sostenemos desde hace tiempo que hay que agotar, paulatinamente, las posibilidades de perfeccionamiento que ofrece el acta para resolver las deficiencias de nuestro estatuto especial en la CE. Es decir, defendemos la tercera alternativa, que vale tanto para los contingentes arancelarios como para los precios de referencia. ¿Por qué ésta? Porque es la única vía que, resultando adecuada para alcanzar los objetivos que todos perseguimos, no quebranta el consenso de la Asamblea autonómica en torno a la opción dos, lo que significaría la ruptura del acuerdo económico, social y político sobre el tema Canarias en la CE y, en última instancia, de la región, que con tanto trabajo se intenta edificar.

Pedir la opción uno o la entrada en la PAC acarrea ese rompimiento; no lo hace, por el contrario, seguir dentro de la fórmula obtenida, solicitando las adaptaciones necesarias de la misma.La CE no es algo estático, sino un proceso de negociación permanente en el que España tiene voz y voto para modificar los aspectos negativos de la aplicación de los tratados. En este sentido, existe una absoluta cohesión entre el Gobierno de la nación y el de Canarias para solucionar la problemática de nuestra específica modalidad de incorporación bajo el soporte legal del artículo 25, apartado 4, último párrafo, del acta.

Ya en el Consejo de Ministros de Agricultura de diciembre, que fijó los contingentes arancelarios para 1986, se consiguieron algunas mejoras, al abrir la posibilidad de su revisión al alza, igualando, por otro lado, Canarias a la Península en lo que hace a los precios de referencia en el período 1986-1989.

Razones del vetoPor su parte, el Consejo de Ministros de Asuntos Exteriores viene ocupándose de la política mediterránea de la CE. Esta tiene diversos acuerdos con terceros países, a los que otorga ventajas para sus exportaciones agrícolas a los mercados comunitarios. Doce países terceros de la cuenca del Mediterráneo (PTM) solicitaron en 1985 la revisión de sus acuerdos por entender que la última ampliación incidiría negativamente en sus envíos agrícolas a la CE. En consecuencia, el 25 de noviembre de dicho año el Consejo aprobó un mandato a la Comisión para negociar con los PTM.La delegación española, en dicho contexto, efectuó la siguiente declaración: "...en lo que concierne a Canarias, éstas no deberán ser objeto de un tratamiento menos favorable que el reservado a los PTM", cuestión que para España tiene carácter de previo en su resolución antes de aceptar el mandato. Es una cuestión de principio: Canarias, aunque esté fuera de la Unión Aduanera y de la TEC, del IVA y de la PAC, como parte del territorio español pertenece a la CE, está incorporada a la CE, es comunidad; los PTM no son comunidad, ion países terceros.El motivo de la declaración fue que el documento de 25 de noviembre de 1985 contenía varias concesiones a los PTM que a priori representaban una situación de desventaja comparativa para la agricultura isleña. Su posterior estudio, efectuado por la Secretaría de Estado para las Comunidades Europeas, en estrecho contacto con la Consejería de Agricultura del Gobierno de Canarias, permitió descubrir un conjunto de discriminaciones de las que, en efecto, de aplicarse el mandato, sería objeto el agro insular. De acuerdo con la disposición legal señalada antes, era la Comisión la que, en respuesta a la declaración española, debía proponer al Consejo las adaptaciones del régimen canario.

A falta de dicho pronunciamiento, lo que sí hizo M. Cheysson, comisario encargado de la política mediterránea, fue ampliar los términos del mandato con más concesiones a los PTM, que significaban discriminaciones adicionales. Frente a este hecho, la representación permanente de España ante la CE elevó una nota verbal a la Comisión, el 18 de marzo, planteando de nuevo el asunto e insistiendo en que resultaba inaceptable que pudieran mantenerse en el futuro las desventajas comparativas de Canarias respecto. a los PTM, nota verbal que tampoco obtuvo contestación.Ante ello, el secretario de Estado para la CE, señor Solbes, en la sesión del Consejo del 21 de abril, se opuso a la aprobación de las propuestas sobre ampliación del mandato si no iban acompañadas de ofertas para las islas. Se materializaba así la reserva formal española a las negociaciones CE-PTM, condicionando su reanudación a que se tomara en cuenta la sensibilidad de las producciones insulares. La Comisión, a raíz de este veto, elaboró una comunicación dirigida al Consejo que contenía ciertas concesiones, y que fue aportada a la sesión del 12 de mayo; en ésta, el ministro de Asuntos Exteriores, Francisco Fernández Ordóñez, rechazó tales ventajas por considerarlas insuficientes, con lo que España ratificaba su veto.

El Gobierno de la nación sigue, pues, negociando las propuestas de adaptación del régimen aplicable a las importaciones por la CE de productos agrícolas procedentes de Canarias bajo el principio de que, sin necesidad de renegociar el tratado, sin tener que cambiar la opción dos por la opción uno, sin que haya que integrarse en la PAC, es posible solventar las limitaciones agrarias establecidas por el protocolo número 2, haciendo uso de lo previsto en el acta y en el contexto de las negociaciones CE-PTM.

¿Por qué en dicho contexto? Una elemental práctica negociadora lleva consigo una estrategia y una táctica. La primera es modificar los aspectos que para la economía isleña resulten negativos por la aplicación del acta y/o de los tratados comunitarios; tácticamente, hoy parece oportuno aprovechar la revisión de los acuerdos con los PTM para solucionar la problemática agraria derivada de la integración, mañana puede ser el acuerdo con Marruecos para resolver el tema de la pesca, y pasado mañana la renegociación del convenio de Lomé III con los países ACP para otros logros en idéntica dirección.

Con tesón y rigor en los planteamientos, Canarias logrará mejorar su situación dentro de la CE; pero para conseguirlo resulta fundamental presentar un frente común dotado de coherencia, pragmatismo y sensatez ante Bruselas (sin olvidar Estrasburgo, sede del Parlamento Europeo, que ha de ser oído al respecto). De lo que se trata ahora, dejando de lado tentaciones electoralistas y absurdas pretensiones de protagonisino personal, es de sumar, no de restar, trabajando todos en el mismo sentido: la mejora de las condiciones de acceso de nuestras producciones agrarias a la CE. En este orden de cosas, a la perfecta sintonía existente entre el Gobierno de España y el canario para afrontar las preocupaciones de los agricultores isleños por la vía del artículo 25, apartado 4, último párrafo, del acta, en el ámbito de las negociaciones sobre política mediterránea de la CE, se viene a añadir, sumándose a esta postura, la fundamentada propuesta a la Asamblea comunitaria de los eurodiputados Medina (vicepresidente de la misma), Lloréns y Bencomo, contando con el apoyo de los tres grupos principales de la Cámara -socialistas, democristianos y liberales-, que significan los dos tercios de sus miembros.

es ingeniero agrónomo e investigador científico en economía y política agrarias.

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