Los españoles condenados por el robo del Hispano siguen en prisión por un contacto procesal entre España e Italia
Un mes después de que la Sala Primera del Tribunal Penal de Roma decretara la libertad condicional de los españoles José Luis Espluga López y Bernardina Josefa Lozano Salazar, implicados en el asalto al Banco Hispano Americano de Barcelona en el que se logró un botín de 6.000 millones de pesetas, ambos continúan en prisión en espera de que se aclare un conflicto procesal surgido entre España e Italia. El abogado, defensor español Angel Valdivieso ha presentado ante el Juzgado de Instrucción número 13 de Barcelona una petición formal para que se resuelva el problema.
El pasado 24 de junio un tribunal de Roma condenó a José Luis Espluga López y a Bernardina Josefa Lozano Salazar a tres años y a dos años de prisión respectivamente por su participación en el asalto al Banco Hispano Americano de Barcelona, perpetrado en el mes de agosto de 1985 y en el que se logró un botín de 6.000 millones de pesetas. Los magistrados romanos al mismo tiempo que dictaban la sentencia decretaron la libertad condicional de los dos españoles, por considerar que habían cumplido una parte importante de la pena durante el tiempo en que han permanecido en régimen de prisión provisional. La orden de libertad, sin embargo, no ha podido ser cumplimentada y se encuentra congelada desde hace un mes, por una petición de extradición presentada ante Italia por el juzgado de Barcelona, con la pretensión de conseguir su traslado a España y de que sean juzgados por los mismos hechos por los que han sido ya sentenciados en Italia.
Piden la anulación
El pasado día 17 de julio el letrado Valdivieso presentó un escrito en el Juzgado de Instrucción número 13 de Barcelona pidiendo la anulación de solicitud de extradición. Valdivieso recordó que sus clientes habían sido ya juzgados y condenados por la justicia italiana por los mismos hechos por los que se encuentran procesados en España desde el 31 de agosto de 1985. El abogado Valdivieso asegura que esta situación vulnera el párrafo primero del artículo 27 del convenio de asistencia judicial y extradición firmado entre España e Italia en mayo de 1973 y ratificado en 1977, en el que se establece que no podrá ser concedida la extradición "si el individuo ha sido ya juzgado por los mismos hechos que originan la demanda".La situación procesal de los dos españoles empezó a complicarse pocos días después de su detención, en el mes de agosto de 1985, cuando a requerimiento de la juez española María Ángeles Vivas firmaron un documento aceptando ser entregados a España. A pesar de haber aceptado este traslado los dos súbditos españoles fueron juzgados en Roma por un delito cometido en Barcelona, lo que fue calificado como inusual por medios allegados a la defensa, que reivindicaban para sus patrocinados un juicio en España.
El fiscal encargado del caso aseguró que había decidido unir a los dos españoles a la causa que se instruía en Roma porque consideraba que, aunque el delito se había cometido en España, se había planificado en Italia. Los dos españoles no protestaron por esta decisión porque confiaban en la benignidad de los jueces romanos y confiaban también en las medidas de gracia que el Gobierno italiano iba a dictar con ocasión del cuarenta aniversario de la proclamación de la República.
Desde la cárcel romana de Regina Coeli, José Luis Espluga López escribió hace pocos días una patética carta a su hermano que vive en Barcelona en la que le pide que haga todas las gestiones posibles para lograr su inmediata puesta en libertad, permitiéndole así volver a España. Le recuerda que prácticamente todos los italianos y españoles implicados en este caso gozan ya de libertad, lo que en su opinión es un agravio comparativo dado el papel marginal que tuvieron con relación al caso.
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