Los médicos de la Seguridad Social deberán notificar el número de abortos
La entrada en vigor, el pasado jueves día 3, de las normas dictadas a mediados de junio por el Ministerio de Sanidad para contabilizar los abortos permitirá conocer con exactitud el número de embarazos interrumpidos al amparo de la ley despenalizadora del aborto, que se hizo efectiva hace casi un año.Según estas normas, los médicos responsables de la asistencia en las intervenciones voluntarias de embarazo tendrán que notificar cada aborto, en un plazo máximo de tres semanas, a la Dirección General de Salud Pública. En los impresos de notificación no figurará el nombre o los apellidos de la mujer interesada, garantizándose así el anonimato. La Consejería de Sanidad de cada comunidad autónoma será la encargada de establecer el circuito que debe seguir esta información para que llegue a su destino.
La Dirección General de Salud Pública dará cada tres meses información provincial de los abortos producidos. Profesionales sanitarios y grupos de mujeres han denunciado recientemente la negativa del ministerio a proporcionar datos ante el desconocimiento que actualmente tiene de los abortos practicados bajo cualquiera de los tres supuestos legales (malformación del feto, peligro para la vida de la madre y embarazo producido tras una violación). Según un estudio realizado por Victoria Abril, asesora del Instituto de la Mujer, el Insalud debería atender una demanda anual de 27.000 abortos si se aplica la ley en su sentido estricto. Este porcentaje representa sólo el 26% del total de abortos que se producen dentro o fuera de España. Entre el 74 y el 89% de los abortos queda fuera de la ley, y en la práctica ésta no ha permitido mejorar las condiciones sanitarias en que se realizan tales intervenciones.
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