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El fiscal recurre la sentencia que estableció la eximente de falta de cariño en la infancia

El fiscal de la Audiencia Provincial de San Sebastián ha presentado, recurso ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo contra la sentencia, emitida por la propia Audiencia el pasado día 6, que, por primera vez desde la reforma de 1983 del Código Penal, reconoce el síndrome de hospitalismo como eximente incompleta de alteración en la percepción.La fiscalía de San Sebastián considera que la sentencia que condenó a siete meses de prisión menor al ex delincuente Jorge Urbieta, rehabilitado en la asociación Traperos de Emaús, infringe la ley y el Código Penal al aplicar incorrectamente la eximente incompleta de alteración en la percepción y el atenuante de arrepentimiento espontáneo.

El recurso se fundamenta en la interpretación de que el síndrome de hospitalismo y la carencia continuada de afecto no pueden ser asimilados como eximente incompleta de alteración en la percepción. Por el contrario, la sentencia de la Audiencia Provincial de San Sebastián establece que la naturaleza psicológica del síndrome de hospitalismo debe ser considerada como patología y que por alteración en la percepción debe entenderse no sólo y exclusivamente la que provenga de los sentidos corporales.

La iniciativa fiscal, esperada en medios judiciales donostiarras, reaviva el debate suscitado por la sentencia, que establece un novedoso precedente en la interpretación de la figura del Código Penal, "la eximente incompleta de alteración en la percepción". La presentación del recurso no modifica en nada la situación de Jorge Urbieta, ya que el fiscal mantiene su petición de indulto y propone que permanezca en libertad hasta tanto no se cumplimente este trámite. Jorge Urbieta, el ex delincuente rehabilitado, se encuentra en libertad, ya que cumplió como preso preventivo un total de ocho meses de cárcel, uno más de los que establece la pena impuesta por la Audiencia Provincial.

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