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Exteriores conocía desde el 9 de mayo las implicaciones del embajador libio

Asuntos Exteriores conocía al menos desde el pasado 9 de mayo las pruebas policiales contra Ahmed Mohamed Nakaa, actual embajador libio en España, acusado de financiar las actividades del grupo terrorista La Llamada de Jesucristo. En esa fecha el Gobierno español ordenó la expulsión del entonces número dos de la delegación diplomática libia, Saed Mohamed Alsalam, por su implicación en la presunta operación de financiación de actividides ultras en España en conexión con el coronel Carlos de Meer. "Aunque las pruebas técnicamente son suficientes para la expulsión, políticamente debemos estudiarlo con mucho detenimiento y precaución" explicó ayer un miembro del Ejecutivo español para justificar la cautela con la que se lleva el asunto.

Las consecuencias de la eventual expulsión del diplomático hacen que este asunto sea considerado "delicadísimo" por fuentes de Exteriores. "Nuestra posición", añadieron las mismas fuentes, "debe ser de absoluta cautela a la espera de lo que decida el juez Dívar Blanco, que instruye el caso".

La decisión no se tomará en ningún caso hasta que Felipe González regrese de la URSS y de llevarse a cabo constituiría un paso que abocaría a la ruptura de relaciones con Libia, según fuentes diplomáticas. "Ello, nos colocaría en una situación menos autónoma respecto de EE UU e Israel desde el punto de vista de política internacional" añadieron las mismas fuentes.

El convenio de Viena reconoce en su artículo 9 la posibilidad del Estado receptor -España en este caso- de solicitar al Estado acreditante (Libia) la retirada de la persona por considerarla non grata. El estado receptor no necesita exponer los motivos que le llevan a solicitar su retirada. El artículo precisa que en caso de que el Estado acreditante se niegue a ejecutar la retirada, el receptor puede negarse a reconocer como miembro de la delegación diplomática a la persona de que se trate.

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