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La mayor parte de los precios agrícolas españoles subirá un 5% a partir del 1 de marzo

Andrés Ortega

Los precios agrícolas institucionales para buen número de productos (excluido el sector hortofrutícola) subirán en España, en pesetas, un 5% a partir del 1 de marzo, salvo para el sector lácteo y el azúcar, cuyos precios quedan prácticamente congelados, señalaron medios comunitarios. España y los once han logrado un acuerdo prácticamente total sobre los reglamentos que hay que aprobar antes del 1 de marzo, fecha en que se empezará a aplicar la Política Agrícola Común (PAC) en España.

El acuerdo se logró a nivel del Comité Especial de Agricultura de la CE esta semana, y debe ser ratificado el próximo lunes por el Consejo de Ministros de Agricultura. Ante la devaluación de la peseta frente al ECU (unidad de cuenta europea), la CE ha aceptado una franquicia de un 5%, lo que supone una elevación equivalente de los precios agrícolas expresados en pesetas.Los precios institucionales de los productos lácteos y del azúcar -superiores en España a los comunitarios- quedan congelados (aunque una pequeña alza se produce al adaptar el régimen español al comunitario).

Éstos son los precios que estarán vigentes a partir del 1 de marzo y hasta el final de la campaña en curso de 1985-1986. Los precios en la CE para 1986-1987 comenzarán a discutirse el mismo lunes. Las propuestas de la Comisión suponen para España un aumento de 1,8% en pesetas, respecto al 1 de marzo próximo. En estas propuestas para 1986-1987 el precio del vino español subiría en más de un 10% (con respecto al 1 de marzo). Los de la mantequilla y la leche en polvo bajarían respectivamente un 5,7% y un 2,7%, en pesetas, con respecto a los del 1 de marzo (y la campaña para la leche empieza el 1 de abril, con lo cual la bajada puede ser más precipitada).

Regimen de transición

Los precios del sector hortofrutícola español, sometido a un régimen de transición en dos etapas, se rigen durante la primera fase de cuatro años por el régimen español, aunque con un compromiso de respetar la disciplina de precios de la CE.Resueltos satisfactoriamente para España han quedado también los montantes compensatorios de adhesión (MCA) que se aplicarán para evitar distorsiones en el mercado, dadas las diferencias de precios entre los productos españoles y los de los otros países de la CE. Para éstos MCA, por ejemplo en la carne de vacuno, España ha logrado que en el cálculo se tome en cuenta un 50% de su ayuda al gasto de sacrificio.

España ha tenido que aceptar el escalonamiento de los plazos de pagos de las intervenciones que proponía la Comisión (30 días el primer año, 60 el segundo, 90 el tercero). En cuanto a las exportaciones de vino para mezclas de España hacia la CE, ésta se ha limitado a aceptar, y nada más, respetar las corrientes tradicionales; es decir, lo que España exportaba a la RFA.

Un punto que queda abierto, pero en el cual España estará, según medios comunitarios, en minoría de 1 a 11 el lunes, es la aplicación del mecanismo complementario a los intercambios para los productos sensibles de una y otra parte. La CE exige que la vigilancia de los intercambios se haga por medio de certificados con caución y con cláusula regional, lo que complicará las exportaciones españolas. La caución se pierde si se cambia el destino del envío una vez efectuado.

Este mecanismo se aplicará en las exportaciones españolas hacia los diez, a partir del 1 de marzo, para los vinos y la patata temprana, y a partir de 1990 (y hasta 1995) para las frutas y hortalizas. Se aplicará también en sentido contrario a partir del 1 de marzo para las importaciones en España de vino, carne de vacuno, sector lácteo, trigo blando y algunas frutas y hortalizas.

El acuerdo general cubre también aspectos de encuestas estadísticas, contigentes de importación y exportación y otras medidas.

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