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Justicia cambiará el concepto de adopción por 'acogimiento familiar'

El Ministerio de Justicia trabaja actualmente en la elaboración de un anteproyecto de ley de adopción, en el que se aporta como mayor novedad el concepto de acogimiento familiar, que sustituye al de adopción, según informaron fuentes del citado departamento.

El anteproyecto de ley se apoya en unos criterios básicos, entre los que destaca la regulación minuciosa de la nueva figura que se llamará acogimiento familiar. "Se parte de la idea, unánimemente aceptada por la moderna sociología", según las mismas fuentes, "de que los menores de edad internados en un establecimiento público o privado dedicado a recoger a los menores abandonados están en una situación personal nada aconsejable y que es conveniente, para su formación integral, que vivan en el seno de una familia o de una comunidad similar más reducida".

La nueva figura tiene precedentes en el propio derecho español, según el Ministerio de Justicia, y constituye una experiencia positiva según las enseñanzas del derecho comparado.

La nueva reglamentación procura deslindar los casos en los que es necesario el consentimiento de padres y tutores de aquellos en los que se prescinde de tal consentimiento.

En al anteproyecto se regulan también los requisitos, efectos y extinción del acogimiento y la extensión de las facultades conferidas a los acogientes, siempre bajo el control de la entidad pública que haya entregado al niño y de la vigilancia del Ministerio Fiscal y de la autoridad judicial.

Otro criterio que informa el anteproyecto es la limitación de la adopción a los menores de edad, se ha estimado que la verdadera finalidad de la adopción es integrar en una familia al que carece de iure o de facto, de ella. Los mayores de edad tienen plena capacidad e independencia y de ahí que, salvo casos muy excepcionales en los que se de una situación previa de acogimiento o de convivencia de hecho, no se admita la adopción de los mayores de edad.

Tráfico de niños

El Ministerio de Justicia también regula "la intervención forzosa general de una entidad pública en el proyecto adoptivo", encaminada fundamentalmente a acabar con el tráfico de niños.Tanto los que deseen adoptar como los padres que quieran dar a sus hijos en adopción tendrán que dirigirse a las respectivas instituciones públicas del Estado o de las comunidades autónomas, las cuales seleccionarán a los adoptantes y vigilarán el seguimiento de la adopción formalizada.

Se prevé que ciertas entidades privadas, reconocidas de utilidad pública y registradas como tales, colaboren con las entidades públicas en estas funciones de mediación.

El anteproyecto recoge también la supresión de la adopción simple. El Ministerio ha considerado que esta forma de adopción no obedece a una justificación clara y que, además, se ha venido utilizando para finalidades extrañas cuasifamiliares, al margen de la verdadera y real integración del menor desamparado en una nueva familia.

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