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El Gobierno endurece las sanciones tributarias y aprueba un decreto para reforzar el control fiscal

El Gobierno ha aprobado dos reales decretos que refuerzan y hacen extensivo a otros impuestos el mayor control fiscal de los contribuyentes que entrará en vigor el próximo año como consecuencia de la implantación del IVA. Las obligaciones contenidas en los reales decretos sobre infracciones tributarias y requisitos de las facturas se aplicarán, además de a los efectos del impuesto del valor añadido, al impuesto sobre la renta y al de sociedades. Aparte del fuerte incremento de las sanciones por infracción fiscal -"vía eficaz para reducir el alto nivel de fraude"-, Hacienda publicará cada mes en los periódicos de mayor difusión de cada provincia el nombre de quienes hayan cometido infracciones tributarias por un valor superior a cinco millones de pesetas.

El real decreto sobre procedimiento para sancionar las infracciones tributarias, aprobado el pasado miércoles por el Consejo de Ministros, unifica el procedimiento para determinar las multas en todos los impuestos, al amparo de las mayores atribuciones concedidas por la ley que modifica parcialmente la ley General Tributaria, aprobada el 26 de abril de este año. La nueva normativa tiene por objeto, según declaró ayer el secretario general de Hacienda, Juan Francisco Martín Seco, "la actualización económica de las sanciones y actuar de elemento disuasorio del fraude".Este decreto y el que regula el "deber de expedir y entregar factura que incumbe a los empresarios y profesionales" cierran el círculo del endurecimiento de las obligaciones de los contribuyentes para con la Administración fiscal, "aunque también regula las garantías con que se ha de realizar el procedimiento". Para completar la profunda transformación fiscal realizada este año por el Gobierno, centrada fundamentalmente en la reforma del impuesto sobre la renta de las personas fisicas (IRPF) y el nuevo impuesto sobre el valor añadido (IVA), están ya redactados un decreto que refundirá las funciones de la inspección fiscal y otro que regulará las consultas tributarias y los casos en que éstas han de ser vinculantes. Precisamente las tareas de inspección, actualmente dispersas por diferentes normativas que incluso albergan ambigüedades y contradicciones, han sido uno de los dolores de cabeza de Hacienda, ya que han dado pie a sentencias contrarias a actuaciones de los inspectores tributarios.

Las multas tienen un grado

"La cuantía de las infracciones no es distinta, ni tampoco más dura", señaló Martín Seco, "que la vigente en otros países". "Sólo con multas fuertes", añadió "se puede reducir el fraude a una proporción mínima y controlable por Hacienda". Incluso citó el caso de Estados Unidos, donde no hay límite mínimo para que una defraudación tenga la naturaleza de delito fiscal, mientras en España está tipificado que debe superar los cinco millones de pesetas. En ese país, la máxima de actuación fiscal es que ni siquiera las sanciones monetarias son suficientes para disuadir a los infractores y sólo las penas de prisión son eficaces.En opinión de Hacienda, la ampliación de las multas por infracción simple no es sino una actualización en pesetas constantes de los módulos establecidos por la ley general tributaria de 1964. Entonces estaban fijadas en un máximo de 15.000 pesetas, que la reforma de la ley eleva hasta 150.000 pesetas, ampliables según los casos.

El decreto establece ocho criterios que determinarán los grados de incumplimiento fiscal para fijar las sanciones. De ellos, el retraso en el cumplimiento espontáneo de las obligaciones fiscales y la trascendencia que los incumplimientos tengan para la eficacia de la gestión fiscal sólo serán aplicables a las infracciones simples. Para las infracciones graves son exclusivos los criterios de la capacidad económica del infractor, la cuantía del perjuicio ocasionado a las arcas del Estado y la conformidad del sujeto pasivo a la sanción.

Las multas por infracciones graves pueden incrementarse en porcentajes que varían del 50% al 150% del total de la deuda tributaria, hasta un límite del 300%, de acuerdo a la mala fe del infractor, la reiteración o la resistencia a la labor inspectora. La colaboración con Hacienda tiene un premio, ya que si el sujeto pasivo presta su conformidad a la deuda establecida por la inspección tributaria la sanción quedará reducida en un 50%. La multa podrá incrementarse o reducirse también en un 50% según la capacidad económica de quien comete la infracción.

Los delegados de Hacienda, según recoge el artículo 20 del real decreto sobre infracciones, "darán publicidad mensualmente, en dos diarios de los de mayor difusión de cada provincia o solamente en uno, si no existieran más, a la identidad de las personas o entidades que hayan sido sancionadas en el mes natural inmediatarnente anterior, en virtud de resolución firme, por infracciones tributarias graves de más de cinco millones de pesetas, que no hayan dado lugar a la iniciación del sumario por presunto delito contra la Hacienda pública".

El decreto sobre facturas establece las mismas exigencias que el IVA para los casos del IRPF y del impuesto sobre sociedades con el fin de que la Administración tributaría "disponga de la adecuada información sobre las transacciones comerciales". Médicos y dentistas, por ejemplo, que están exentos de las obligaciones del impuesto sobre el IVA, deberán certificar mediante factura todas las deducciones que soliciten en estos otros impuestos. Las facturas actúan de documento de control fiscal para empresarios y profesionales y en ellas deberá constar la identificación fiscal o del DNI de quien vende algo o presta un servicio y el del que paga por ello, siempre que el comprador no sea un consumidor particular.

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