El Senado da vía libre a las leyes de plantillas militares
La Comisión de Defensa del Senado, integrada por senadores del PSOE, del Grupo Popular y de las minorías, dictaminó favorablemente ayer dos proyectos de ley que fijan las plantillas del Ejército del Aire y de la Armada, respectivamente, durante un proceso de regulación de efectivos que culminará el 1 de enero de 1991.Según los proyectos de ley dictaminados favorablemente por la Comisión de Defensa del Senado, que fueron remitidos a la alta Cámara por la comisión homóloga del Congreso de los Diputados el pasado 30 de noviembre, el Ejército del Aire verá sus efectivos reducidos en un 8% y contará con cinco tenientes generales, 19 generales de división, 37 generales de brigada, 248 coroneles, 451 tenientes coroneles y 733 comandantes.
Asimismo, se dispone que la plantilla de capitanes será de 1.378; la de tenientes, de 1.459; habrá 35 empleos de alféreces, 3.639 de subtenientes y brigadas y 4.107 de sargentos primeros y sargentos.
En cuanto a la Armada, sus efectivos serán reducidos en un 7,9% y contará con cinco almirantes, 20 vicealmirantes y generales de división, 35 contralmirantes y generales de brigada y 240 capitanes de navío y coroneles. El número de capitanes de fragata y tenientes coroneles queda fijado en 470; en 947, el de capitanes de corbeta y comandantes; en 1.482, el de tenientes de navío y capitanes; en 1.570, el número de alféreces de navío y tenientes. La plantilla de subtenientes y brigadas será de 2.552, y la de sargentos primeros y sargentos, de 3.578.
Defensa propone
Ambos proyectos de ley se atienen a la ley orgánica número 6 de 1980, de 1 de julio, modificada por la ley orgánica de 5 de enero de 1984, que regularon los criterios básicos de la defensa nacional y la organización militar, y determinan la estructura, organización y efectivos de las Fuerzas Armadas.
En los proyectos aprobados se faculta al Gobierno para que, a propuesta del ministro de Defensa, fije los efectivos del mando del Ejército del Aire y de la Armada.
Los excedentes de la adaptación de los efectivos actuales a las plantillas que estas leyes establecen tendrán la consideración de Plantilla Transitoria Adicional, que será tenida en cuenta en la elaboración de los Presupuestos, hasta su total amortización, en 1991, dentro de un período de cinco años, que expirará el 1 de enero de 1991. El dictamen favorable no pasará al Pleno, por lo cual los proyectos serán enviados de nuevo al Congreso para su entrada en vigor. Cuatro enmiendas del Grupo Popular, una de ellas a la totalidad, no prosperaron.
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