La sentencia que exigía a los maestros saber catalán, anulada por motivos formales
La Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo considera que la Audiencia Territorial de Barcelona no debió admitir a trámite el recurso presentado por el letrado Esteban Gómez Rovira en representación de 17 maestros de EGB que recurrieron una convocatoria del Departamento de Enseñanza de la Generalitat para el acceso a plazas definitivas en Cataluña.
Los demandantes no obtuvieron sus destinos definitivos en dicha comunidad autónoma por no cumplir uno de los requisitos señalados en la convocatoria: superar una prueba de conocimiento de lengua y cultura catalanas.
La Audiencia admitió el recurso, aunque luego falló en contra del mismo, en julio pasado. El fallo del Supremo ordena la revocación de la sentencia dictada por la Sección Tercera de la Audiencia de Barcelona -en la que se daba la razón a los argumentos expuestos por la Generalitat, contrarios al recurso de los maestros- porque los demandantes interpusieron el recurso fuera de plazo. La convocatoria se produjo el 22 de junio de 1984 y se publicó el 6 de julio en el Diarí Oficial de la Generalitat, "medio de notificación a los concursantes afectados para todos los efectos ( ... ) y, por consiguiente, cuando se interpuso el recurso el 27 de diciembre habían transcurrido los plazos"
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