La Audiencia Nacional tiene la intención de celebrar el juicio de la colza en abril de 1986
La Audiencia Nacional tiene la voluntad de celebrar el juicio de la colza en la primavera de 1986, "a ser posible en abril", según manifestaron a este periódico fuentes judiciales competentes. La vista tendrá previsiblemente una duración aproximada de 25 sesiones en jornadas que se prevén intensísimas, que podrían ser de 10 horas diarias. Se está estudiando la posibilidad de que el juicio se celebre en el Palacio de Congresos y Exposiciones, ya que el tribunal que deberá juzgar los hechos busca un lugar con capacidad suficiente, cierta comodidad y buena acústica. También se prevé la innovación del doble ponente.
La Audiencia Nacional ha sido ya descartada como sede de las sesiones, y otro tanto ha ocurrido con el Palacio de los Deportes, aunque todavía está en estudio el Centro Cultural de la Villa de Madrid, pues sus condiciones pueden ser aceptables. Hay que tener en cuenta que el recinto debe tener cabida para el tribunal, el secretario, el fiscal, los 41 procesados que existen por el momento en el sumario, sus abogados defensores y un elevado número de acusadores particulares. Además deberá disponer de un recinto de gran capacidad anexo para que los testigos y peritos puedan esperar hasta el momento de comparecer ante el tribunal.El juez instructor del sumario del síndrome tóxico, Alfonso Barcala, tiene la intención de concluirlo en septiembre, en cuanto reciba el informe del doctor Luís Frontela. Una vez concluido el sumario y elevado a la Audiencia Nacional, se dará vista a las partes del proceso para que muestren su conformidad con el cierre de la fase instructora del mismo. A pesar del recurso que presumiblemente interpondrá alguna de las defensas de los procesados, en noviembre se podría empezar con la calificación de los hechos y la presentación de las conclusiones provisionales de todas las partes, y la vista podría celebrarse en abril de 1986. Para que el juicio tenga lugar en esa fecha, cualquier tipo de recurso que se presente deberá ser denegado, pues de lo contrario se produciría el inevitable retraso.
Respecto a los problemas legales que plantea el caso y su resultado, fuentes jurídicas consultadas especularon con la posibilidad de una sentencia basada en la teoría de la culpabilidad, dejando de lado la relación causa-efecto del delito. Las mismas fuentes apuntaron también la semejanza del caso del síndrome tóxico con el del envenenamiento por talidomida en Alemania Occidental. En aquella ocasión, el tribunal alemán dictó una sentencia que fue calificada de revolucionaria en su día y condenaba a los autores estableciendo la causalidad estadística.
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