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Dos importantes sentencias del Tribunal Constitucional

El escudo navarro no podrá figurar en el emblema del Gobierno vasco

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La Comunidad Autónoma Vasca no podrá incluir en su escudo oficial el emblema de Navarra (cinco cadenas dentro de un escudo de fondo rojo), según falló ayer tarde el Tribunal Constitucional, informó la agencia Efe. El fallo del Constitucional añade que corresponde a la Comunidad Foral de Navarra la titularidad de disponer respecto al uso de su escudo de armas. Contra la sentencia formularon votos particulares los magistrados Francisco Rubio Llorente y Luis Díez-Picazo.Añade el fallo que, por consiguiente, se anula el acuerdo del Consejo General del País Vasco, del pasado 2 de noviembre de 1978, por el que se incluyó en el emblema de Euskadi el escudo de armas navarro.

El lendakari vasco, José Antonio Ardanza, manifestó nada más conocer la sentencia que "no hay más remedio que acatar el fallo del Tribunal Constitucional", añadiendo que "lo que tenemos que pensar ahora es la forma de solucionar este asunto".

La sentencia del Tribunal Constitucional viene a resolver, en favor de la Diputación Foral de Navarra, el conflicto constitucional de competencias planteado por esta frente a la Comunidad Autónoma Vasca, el pasado 25 de enero de 1982. La Diputación Foral pedía que se declarase de su exclusiva competencia la posibilidad de disponer sobre el uso de su escudo de armas y que se anulara el citado acuerdo del Consejo General del País Vasco. La Diputación solicitaba igualmente que se "excluya, elimine o quite del escudo de la Comunidad Autónoma del País Vasco el escudo de armas de Navarra".

Argumentos discrepantes

La Diputación Foral apoyaba su formulación en su legítima posibilidad para promover un conflicto de competencias frente a otra Comunidad Autónoma, afirmando que Navarra mantiene su personalidad como territorio foral y no pertenece a la Comunidad Autónoma del País Vasco "dado que no ha decidido aún su incorporación al la misma".La Diputación Foral alegaba, por otra parte, que el Gobierno vasco, al decidir sobre si el escudo navarro debe formar parte del emblema de Euskadi, infringía la Disposición Transitoria cuarta de la Constitución en la medida en que proclamaba "al menos simbólicamente, una incorporación de Navarra a la Comunidad Autónoma del País Vasco que hasta el momento no se ha producido".

De su lado, el Gobierno vasco, en su escrito de alegaciones, presentado el 5 de marzo de 1982, se oponía a la demanda de la Diputación Foral, pidiendo, a su vez, que el Tribunal Constitucional declarase que la utilización del escudo navarro en nada vulneraba las competencias de la corporación foral. El Ejecutivo vasco consideraba que la Diputación navarra no estaba legitimada para promover el conflicto de competencias al no ser su situación jurídica, en aquel momento, equiparable a la de una Comunidad Autónoma, afirmando después que éste era un conflicto político.

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