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RELIGIÓN

Más de 20 organizaciones brasileñas presentan al Papa un recurso contra la sanción a Boff

Juan Arias

La decisión de la Sagrada Congregación para la Doctrina de la Fe, o ex Santo Oficio, de imponer al teólogo franciscano brasileño Leonardo Boff un período de silencio disciplinario como pena expiatoria, acaba de ser rechazada pública y oficialmente en Roma por más de 20 entidades católicas y no católicas de Brasil, encabezadas por los conocidos juristas de aquel país Helio Pereira Bicudo, magistrado, y José Queiroz, abogado. El primer paso ha sido la presentación de un recurso al papa Juan Pablo II pidiéndole que revoque cuanto antes la decisión tomada contra Boff y que envíe el caso al Tribunal Supremo de Justicia de la Iglesia.

Los dos abogados que llevan el caso, el primero en la historia de la Iglesia en los tiempos modernos, son dos figuras muy conocidas en Brasil y ambos católicos de los pies a la cabeza. Helio Pereira Bicudo es, además, un magistrado considerado como un héroe de la resistencia en su país ya que en 1970 denunció públicamente a los escuadrones de la muerte. José Queiroz es abogado, profesor de Sociología en la universidad Católica de Sáo Paulo y asesor de la Comisión Justicia y Paz de dicha archidiócesis.El documento ha sido entregado personalmente por los abogados al cardenal Roger Etchegaray, presidente de la pontificia Comisión Justicia y Paz, por indicación expresa del mismo secretario de Estado, el cardenal Agostino Casaroli. En sus 19 folios figuran los datos de las instituciones más importantes que firman la petición, como la Comisión Pastoral de los Derechos Humanos de la archidiócesis de Sáo Paulo, la universidad Metodista de Tirachicaba, el Movimiento de Justicia y Derechos Humanos de Puerto Alegre, el Instituto de Estudios Socio-Económicos de Brasilia, etcétera.

Según los abogados que junto con dichas asociaciones han preparado el recurso al Papa, la intervención ante el supremo tribunal de la Iglesia se ha hecho necesaria por varios motivos. Primero, porque con el comportamiento del ex Santo Oficio contra Boff ha sido herido, según ellos, tanto el Código de Derecho Canónico como la Carta Fundamental de los Derechos Humanos aceptada por el Vaticano. El Código, porque no se ha actuado conforme a sus reglamentos canónicos, ya que por dos veces ha sido castigado el teólogo brasileño "sin haberle dado el derecho a la defensa". Y la Carta de los Derechos, porque no se puede impedir el derecho de palabra a una persona sin que ésta haya cometido algún delito concreto.

Además, porque tras la primera notificación vaticana que criticaba públicamente los presuntos "errores doctrinales" de su libro Iglesia: carisma y poder, Boff había aceptado la reprimenda con un escrito público. Por tanto, jurídicamente, dicen los abogados, todo debía haber acabado ahí. Sin embargo, sucesivamente, sin advertencia y sin derecho a la defensa, ha vuelto a ser condenado, esta vez con una pena expiatoria que le obliga a mantener silencio por un período de tiempo indeterminado.

Las medidas de tipo expiatorio o administrativas contra Boff, según la carta enviada por el ex Santo Oficio al superior general de Boff, el norteamericano John Vaughn, son las siguientes: "Observar un período de obsequioso silencio; renunciar a sus responsabilidades en la redacción de la revista eclesiástica brasileña y -presentar a censura previa todos sus escritos teológicos". La carta explica en qué debe consistir el obsequioso silencio: "Se refiere a sus variadas actividades de conferenciante, predicador de ejercicios espirituales o relator en congresos o reuniones, etcétera". Según el recurso al Papa este "etcétera" supone un retazo de " antiguos regímenes despóticos" ya que "las normas más elementales del moderno derecho pena¡ exigen que las penas sean bien definidas y especificadas para combatir el arbitraje en materia punitiva".

Según los abogados brasileños, resulta, además, contra el derecho canónico el hecho de que se imponga una pena "sin haber habido un delito" ya que Boff no ha sido acusado por Roma de ninguna acción delictiva que merezca una pena expiatoria. Mas aún, el teólogo ha sido condenado dos veces por un mismo hecho sin, que haya mediado ningún factor nuevo, ya que Boff había obedecido al primer procedimiento de condena al declarar que estaba dispuesto a revisar sus escritos y a obedecer a la Iglesia.

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