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Recurso de inconstitucionalidad contra la ley del Parque Regional del Manzanares

El Grupo Popular de¡ Congreso presentó ayer recurso de inconstitucionalidad contra la ley del Parque Regional de la Cuenca Alta del Manzanares, aprobada por la Asamblea de Madrid el 23 de enero. El recurso expone, entre otros argumentos, que la Asamblea sólo tiene competencias para desarrollar en esta materia la legislación básica de¡ Estado, y no para aprobar una ley que crea la figura del parque regional, hasta ahora desconocida.

El recurso fue presentado al Tribunal Constitucional por el diputado José María Ruiz Gallardón, en representación de 54 diputados del Grupo Popular del Congreso. La ley, del Parque Regional de la Cuenca Alta del Manzanares se publicó en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid el pasado 8 de febrero, por lo que ayer, 8 de mayo, tres meses justos desde su aprobación, era el último día del plazo para poder presentar recurso ante el Tribunal constitucional. La ley, sin embargo, no quedará paralizada, puesto que sólo las leyes de carácter orgánico pueden ser suspendidas mientras se decide sobre los recursos previos. La Ley del Parque Regional de la Cuenca Alta del Manzanares fue aprobada en la Asamblea de Madrid con los votos de los diputados socialistas, los votos en contra del Grupo Popular y la abstención del Grupo Comunista.En síntesis, la ley declara espacio protegido todo el área comprendida entre la tapia norte del monte de El Pardo y la Cuerda Larga, en la sierra de Guadarrama, en total unas 60.000 hectáreas. El espacio total se subdivide en áreas con tratamientos diferentes, desde la prohibición absoluta de cualquier actividad comercial, industrial o urbanística hasta aquéllas en que no sólo se permite sino que, según los promotores de la ley, se fomentan las actividades agropecuarias.

Propietarios privados

El recurso se basa fundamentalmente en que tanto la Constitución como el propio Estatuto de Autonomía de Madrid señalan que las competencias; de la Comunidad en materia de protección del medio ambiente se limitan al desarrollo de la legislación aprobada por la Administración estatal. Al no estar aún aprobada la anunciada Ley del Medio Ambiente, señala el recurso, hay que remitirse a la legislación preconstitucional, aún vigente, en la que no existe la figura de parque regional. Al margen de esta primera consideración, el recurso presentado argumenta que la ley del Parque del Manzanares establece la creación de un patronato, la redacción de un plan de uso y gestión del terreno, el régimen económico y financiero por el que debe regirse, lo que demuestra, según los recurrentes, que no se trata de un desarrollo de la legislación básica, sino de una ley completa que invade las competencias del Estado.

El recurso añade que la ley prohíbe "las actividades extractivas, areneras, graveras y similares", lo que iría en contra del artículo 128.1 de la Constitución, que establece, que "toda la riqueza del país en sus distintas formas y fuera cual fuera su titularidad está subordinada al interés general".

El Grupo Popular considera, finalmente, que la ley invade las competencias de los 10 ayuntamientos afectados y perjudica los intereses legítimos de los propietarios privados, sometidos al derecho de tanteo y retracto por parte de la Comunidad y a la posible expropiación de sus bienes sin indemnización.

Ayer no fue posible hablar con algún miembro del gobierno regional, que estuvo reunido en consejo a puerta cerrada todo el día en una finca de Aranjuez.

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