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Condenado a 54 años uno de los tres presuntos 'etarras' entregados por Francia

Francisco Javier Lujambio Galdeano, uno de los tres presuntos miembros de la organización ETA Militar entregados por Francia en septiembre de 1984, y para el que el fiscal solicitó una pena de 63 años de prisión, ha sido condenado por la Audiencia Nacional a un total de 54 años de reclusión por el atentado contra dos guardias civiles cuando cenaban en un bar de Goizueta (Navarra) el 16 de mayo de 1980. Lujambio ha sido considerado autor, por cooperación necesaria, de dos delitos de atentado a las fuerzas de seguridad del Estado, con resultado de dos muertes.

El miembro de ETA ha sido absuelto, por falta de pruebas, del robo de una furgoneta a punta de pistola en Andoáin (Guipúzcoa), hecho que, por otra parte, no estaba incluido en la solicitud de extradición y no podía haber sido objeto de juicio.Lujambio deberá indemnizar con 12 y 10 millones de pesetas, respectivamente, a los herederos de los dos guardias civiles fallecidos. La indemnización es solidaria con los otros miembros de ETA que intervinieron en el atentado -José María Aramburu Lete y Juan Miguel Apecechea Arocena-, que ya fueron condenados hace tres años.

La sentencia señala que un comando de ETA Militar integrado por cuatro personas penetró en el bar Huici, de Goizueta, y disparó contra el cabo Francisco Ruiz Fernández y el guardia Francisco Puig Mestre, que resultaron muertos en el acto. Los miembros del comando huyeron en una furgoneta por una pista forestal. "No consta suficientemente probado", agrega la sentencia, "qué misión desempeñó en la referida acción el procesado Lujambio Galdeano, pero sí que intervino en la misma, bien en funciones de espera o vigilancia, bien con actuación directa en los disparos".

En los considerandos figura que Lujambio fue autor de los atentados, "al menos en calidad de cooperador necesario a la producción delictiva ( ... ), sin que esté perfectamente demostrada su intervención directa ( ... ), pues, no obstante el papel desempeñado en la acción de dicho procesado, lo que es indudable para el tribunal es su participación decisiva e indispensable ( ... ) en una acción conjunta y calculada de todos los miembros del comando".

Cooperador

El Tribunal precisa que ha llegado a esa convicción "valorando en conciencia todas las pruebas e indicios obrantes en la causa, y muy especialmente las claras y precisas manifestaciones de dos personas ya juzgadas y condenadas en esta causa, que fueron prestadas con las debidas garantías procesales y sin tener en cuenta, por contra, la nueva versión que tales personas ofrecieron en el juicio, en clara contra dicción con las ofrecidas en el juicio anterior y en fase sumarial, y con ánimo manifiesto de exculpar a la persona que ahora se juzgaba".El abogado de Lujambio, Iñaki Esnaola, manifestó al conocer la sentencia que es evidente que había un pacto para condenar a dos y absolver a uno de los tres entregados por Francia, ya que, aunque García Ramírez ha sido absuelto en el primer juicio, tiene pendiente otro sumario en el que, según el letrado, será condenado.

Esnaola puso de manifiesto que existen contradicciones en la actuación del tribunal, ya que, tanto en el caso de Martínez Beiztegui como en el de Lujambio, no existían pruebas, aunque los magistrados afirmaban que tenían la convicción de su participación en los atentados. Sin embargo, uno fue absuelto, y el otro, condenado.

Recurso

Esnaola ha anunciado que tiene intención de presentar recurso ante el Tribunal Supremo contra la sentencia, ya que considera que la condena se ha basado en unos atestados o unas declaraciones ante la policía realizados sin la presencia de abogado y sin ninguna garantía jurídica, y que, según reiterada jurisprudencia del Tribunal Supremo, esos atestados no tienen valor de prueba.José Manuel Martínez Beiztegui, José Carlos García Ramírez y Francisco Javier Lujambio Galdeano fueron los tres primeros miembros de ETA Militar cuya extradición fue concedida por Francia para que fueran juzgados por supuestos delitos cometidos en territorio español. Los tres fueron juzgados la semana pasada y los dos primeros resultaron absueltos. La decisión francesa de conceder la extradición de los tres etarras y deportar a Togo a otros cuatro supuso un cambio radical de Francia respecto a ETA.

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