La jurisdicción ordinaria entenderá de los delitos cometidos en la navegación aérea
Las competencias sobre delitos y faltas cometidas en el campo de la navegación pasarán a la jurisdicción ordinaria, tras ser aprobado en el último Consejo de Ministros la remisión a las Cortes de un proyecto de ley, según indica un comunicado del Ministerio de Transportes, Turismo y Comunicaciones hecho público ayer.El proyecto de ley modifica la ley de navegación aérea, y las leyes penal y procesal del transporte aéreo.
Dicho proyecto de ley es consecuencia del mandato contenido en el artículo 117 de la Constitución y devuelve a la jurisdicción ordinaria la competencia sobre los delitos y faltas cometidos en el campo de la navegación y el tráfico aéreo.
Hasta ahora venía entendiendo de dichos delitos y faltas una jurisdicción especial dentro de lo militar, si bien los conflictos de competencias surgidos en algunos casos "habían sido resueltos por el Tribunal Supremo a favor de la jurisdicción civil en virtud de lo señalado en la Constitución y en el Código de Justicia Militar", según precisa el comunicado hecho público.
Fraudes frecuentes
El proyecto contiene también una disposición actualizando las sanciones previstas para la ley de Navegación Aérea en los casos de infracciones administrativas. Estas sanciones se encontraban sin modificar desde el año 1963, por lo que la máxima multa imponible era de 100.000 pesetas."Importe muy inferior al de los posibles fraudes que pudieran cometerse en materia de venta de billetes y actividades comerciales no autorizadas", agrega el comunicado del Ministerio de Transportes.
Tales fraudes "son relativamente frecuentes en los vuelos no regulares, con el consiguiente perjuicio para las compañías que posean concesiones de líneas regulares nacionales e internacionales", añade el comunicado. "En particular para la compañía Iberia, que registra pérdida de pasajeros en algunas líneas por la competencia desleal de vuelos no regulares", precisa el comunicado.
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