Vascos contra la ley Antiterrorista
La presentación de un recurso de inconstitucionalidad contra la ley Antiterrorista por parte del Parlamento vasco, y la posible unión del Parlamento catalán en esta materia, ha suscitado de nuevo la polémica sobre si las comunidades autónomas pueden intervenir en este tipo de leyes generales o si, como quieren los centralistas, se deben limitar a intervenir cuando se invaden sus competencias.La lectura directa del artículo 161.1 de la Constitución no pone ningún límite para interponer recursos por parte de los Gobiernos y Parlamentos autónomos, lo que en principio hace inútil cualquier polémica. También respetaba esta idea la redacción original del artículo 32 de la ley orgánica del Tribunal Constitucional, pero a veces la historia se escribe con líneas torcidas.
En efecto, una enmienda de Roca introdujo un matiz al citado artículo 32 limitando la posibilidad de recurrir sólo a las leyes "que puedan afectar a su propio ámbito de autonomía", con la única intención de evitar que las autonomías se pudieran enzarzar en un juego peligroso de recursos mutuos. Viniendo la enmienda de los nacionalistas catalanes y leyendo el diario de sesiones no queda la menor duda de que tal limitación para nada afectaba a la legitimidad de una comunidad autónoma para recurrir todas las leyes del Estado; e incluso conocidos juristas, como el propio Peces-Barba o García de Enterría, coinciden en esta interpretación aun señalando que la limitación introducida por Roca es de dudosa constitucionalidad, al ser más restrictiva que la Constitución, si bien es razonable políticamente.
Por eso sorprendió a la mayoría de los juristas que el Tribunal Constitucional utilizara una interpretación absolutamente restrictiva en ese añadido, en el sentido de decir que las comunidades autónomas sólo podrían recurrir leyes que afectasen a sus competencias, para rechazar la legitimidad del Parlamento vasco en el recurso que hace cuatro años presentó también contra otra de las leyes antiterroristas.
Claro está que aquella ley antiterrorista fue aprobada con la mayoría exigua de un voto, faltando los tres diputados de HB y con la oposición del PSOE, y que además, fatalidad histórica, el recurso fue presentado dos días más tarde del 23-F. Somos muchos quienes pensamos que el Tribunal Constitucional prefirió cometer - un gazapo jurídico en el proceso de admisión a trámite que verse obligado a pegar un soberano sopapo jurídico al Gobierno en circunstancias y rnateria tan. delicadas.
La reacción ante aquella sentencia fue muy criticada en el ámbito de la doctrina jurídica, comenzando por los cuatro miembros del propio Tribunal Constitucional que emitieron un voto particular en donde desarrollaban una interpretación del famoso artículo 32 mucho más acorde con la historia y con el respeto al derecho que nos reconoce la propia Constitución; el tiempo ha dado la razón a esta minoría y, posteriormente, sentencias del propio Tribunal Constitucional, fundamentalmente la del 25 de diciembre de 1982, han reconocido la legitimidad de las comunidades autónomas para recurrir leyes estatales a fin de velar por su constitucionalidad sin más requisito que tener una corresponsabilidad con la materia de la que se trate fundada en sus estatutos y sin que sea necesario que haya un conflicto de invasión de competencias.
Contradicciones
Y nadie puede dudar que la ley antiterrorista regula normas que afectan a áreas de la comunidad autónoma vasca. Piénsese que la policía vasca ya está actuando en materia antiterrorista o que aspectos como el del procesamiento de parlamentarios autonómicos está regulado de forma contradictoria en la ley antiterrorista y en nuestro estatuto de autonomía, y se deducirá lógicamente que los poderes vascos tenemos que saber qué leyes son las válidas y constitucionales, algo que sólo puede contestar el Tribunal Constitucional.
Y por otra parte está el sentido común que avala esta petición. Desde el Gobierno central se reclama constantemente a las autonomías históricas la necesidad de tener política de Estado y sentido de solidaridad. El Gobierno socialista, por su parte, se harta de hablar de la necesidad de actuar e implantar la ética en el Estado. Pues bien, difícilmente podemos actuar los partidos vascos de otra manera que presentando este recurso, porque los lamentos cotidianos que surgen (le los calabozos, las noticias casi diarias que directamente o a través de la Prensa nos llegan sobre torturas que quedan sin castigar, las fotos que llenan las paredes de Euskadi con imágenes medievales de cuerpos torturados son hechos que no podemos negar sin convertirnos en cómplices de los torturadores. Nos negamos a callar sobre lo que ya saben hasta las piedras y creemos hacer un magnífico servicio al Estado democrático con ello.
Los socialistas vascos, ¡qué lejos aquel día que votaban en contra de estas leyes!, contestaban a nuestros argumentos diciendo que un Estado debe poder defenderse contra el terrorismo. Como les dije en el debate, lo digo ahora: se puede defender el Estado, pero nunca en base a la tortura. Además de inmoral, la tortura es contraproducente políticamente, fomenta un odio profundo y subleva a las personas. En Euskadi es la causa que más justifica la violencia y el discurso de quienes afirman que aquí no ha cambiado nada. Su abolición es condición necesaria para la pacificación de Euskadi.
Resulta desolador que tenga que ser un pequeño partido como Euskadiko Ezkerra quien lleve la iniciativa en esta materia con una triple actuación pública: el recurso al Tribunal Constitucional que ahora comentamos; la proposición de ley contra la tortura, que se discutirá próximamente en el Parlamento español, y la propuesta que próximamente se discutirá en el Parlamento Europeo, gracias a la solidaridad de los verdes europeos, en el sentido de crear una comisión de encuesta similar a la creada para el caso del Ulster, a fin de investigar la aplicación de la ley antiterrorista en Euskadi.
Mientras quienes habitualmente se llenan la boca de grandes palabras sobre la ética o el sentido del Estado callan y mientras el Defensor del Pueblo sigue absurdamente deshojando la margarita, nosotros volvemos a comprometernos una vez más en la defensa de una democracia real, como ya hicimos en su día al abrir una vía de reinserción social para quienes abandonen la lucha armada. Algo que ha servido más para pacificar Euskadi que todas las leyes antiterroristas juntas.
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.
Archivado En
- Recurso inconstitucionalidad
- Opinión
- Ley Antiterrorista
- Tribunal Constitucional
- Derecho internacional
- Orden público
- Organismos judiciales
- Recursos judiciales
- Seguridad ciudadana
- Legislación española
- Parlamentos autonómicos
- Cataluña
- Tribunales
- País Vasco
- Parlamento
- Poder judicial
- Política autonómica
- Comunidades autónomas
- Juicios
- Administración autonómica
- Proceso judicial
- Legislación
- Justicia
- Política
- Relaciones exteriores