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Editorial:
Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

Querellas, auditorías y 'agujeros'

LA CRISPACIÓN de la vida pública española, signo evidente de que las próximas elecciones legislativas ocupan ya el centro de atención de los políticos, no se agota con las polémicas sobre la fantástica maleta millonaria del diputado Wischnewski o el dinero negro del consorcio Flick. Los recientes comentarios del presidente del Gobierno en torno a unas misteriosas auditorías de infarto, aludidas en la sobremesa de una cena informal con periodistas, y a un supuesto agujero de 350.000 millones de los Gobiernos centristas, mencionado en el hemiciclo del Congreso, apuntan en la misma dirección de sustituir las razones de un serio debate político por las agresiones de una acalorada pelea callejera.Aunque el globo pinchado de la maleta viajera haya perdido el aire, Alianza Popular se resiste a soltar la presa de su inculpación fallida y pretende buscarle las vueltas mediante la artificiosa prolongación de sus implicaciones. Siguiendo su perseverante táctica de insinuar y no dar, el portavoz conservador, apoyado en este punto por la Minoría Catalana y el grupo centrista, ha insistido tercamente en que el presidente del Gobierno tiene el deber moral de querellarse por calumnias contra el diputado Struck. No hace falta ser demasiado suspicaz para comprender que Alianza Popular gana a dos bandas con esa exigencia: si la querella fuese presentada ante los tribunales alemanes, el asunto Flick se mantendría vivo y coleando durante un tiempo indefinido; y si la acción no se ejerciera, cabría acusar de sospechosa pasividad a Felipe González, supuestamente temeroso de la exceptio veritatis inherente a este tipo de procesos.

Ahora bien, una rectificación pública -como la realizada por el diputado Struck- suele desactivar automáticamente las querellas por injurias o calumnias presentadas a instancia de la parte ofendida. Nadie puede obligar a Felipe González, como ciudadano particular, a no aceptar como buenas las disculpas del diputado alemán. Pero la oposición argumenta bizantinamente que el agravio no afecta a la persona, sino al cargo. Desconocemos la regulación alemana de las injurias o calumnias dirigidas por un ciudadano alemán contra el presidente del Gobierno de otra nación. La legislación española, en cualquier caso, prevé la intervención de oficio del ministerio fiscal exclusiva mente para el supuesto de injurias o calumnias dirigidas contra los jefes de Estado (pero no contra los presidentes de Gobierno) de naciones amigas o aliadas y sus agentes diplomáticos, salvo que los tratados amplíen esa categoría a otros cargos públicos.

Las auditorías de infarto mencionadas por el presidente del Gobierno, convencido al parecer de que su publicación produciría una conmoción en la opinión pública, parecen pertenecer también al reino de las fantasías políticas y de las insinuaciones sin pruebas. Las auditorías son controles financieros destinados a comprobar el funcionamiento de los entes públicos y de las empresas que reciben ayudas del Estado. La ley General Presupuestaria de 4 de enero de 1977 complementó el tradicional sistema de la intervención previa del gasto con este nuevo procedimiento -también interno- de control posterior de la Administración. La escasez de medios ha impedido, sin embargo, el cumplimiento de ese ambicioso programa, que aspiraba a someter a toda la Administración y a un buen número de empresas a un control anual. Ahora bien, el objetivo de las auditorías no es la persecución penal, sino la mejora de la gestión económica, orientada a conseguir que los fondos públicos sean administrados mejor y que el dinero de los contribuyentes sea usado correctamente. Esos controles financieros buscan fundamentalmente la localización de deficiencias eliminables o irregularidades subsanables, aunque también pueden sacar a la luz comportamientos constitutivos de delitos o conductas que impliquen responsabilidades políticas. Pero en la inmensa mayoría de los supuestos la realización de las auditorías se justifica exclusivamente por su utilidad para comprobar el correcto funcionamiento de los servicios, en el orden económico-financiero, y para lograr que la propia Administración adopte las medidas de corrección necesarias.

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El empleo de las auditorías con finalidades desviadas, como pudiera ser la descalificación política, produciría consecuencias negativas para el correcto funcionamiento de la Administración. Todavía nos encontramos a una inmensa distancia del objetivo programático inicial de un control financiero anual de toda la Administración. De las 300 auditorías enviadas al Congreso tras la desgraciada alusión hecha por el presidente del Gobierno, resulta además que unas 270 se referían a ayuntamientos que las habían solicitado voluntariamente para recibir ayudas especiales. No hay información suficiente sobre el grado de implantación del Plan de Contabilidad Pública, creado en 1981 y sin el cual el control financiero pierde gran parte de su efectividad. Tampoco existen datos ciertos sobre las auditorías realizadas durante 1983 o sobre los programas de control financiero en curso de las comunidades autónomas y de los ayuntamientos. Finalmente, no se entiende muy bien la razón de que el Congreso se vea obligado a trabajar sobre controles internos de la Administración, cuando tiene a su disposición al Tribunal de Cuentas, que es el órgano de control externo por excelencia.

En el asunto de las auditorías de infarto, Felipe González tal vez pudiera esgrimir como atenuante -si llegase a reconocer el error, la exageración o la imprudencia de la desgraciada frase- su condición de lego en las materias hacendísticas y la circunstancia informal -una sobremesa con periodistas- en que hizo mención del tema. Pero su posterior alusión al afloramiento de un presupuesto de 350.000 millones de pesetas de la época pasada, realizada en el hemiciclo del Congreso y en medio de un áspero debate parlamentario, no tiene fácil disculpa. Sucede que la partida quedó formalizada por la ley de 28 de junio de 1983, sin que su tramitación parlamentaria arrojara el más mínimo indicio, no ya de conducta delictiva o de derroche, sino ni siquiera de comportamiento ¡legal. El hecho de que los socialistas, al recibir el poder de los centristas, descubrieran que el déficit real era mayor como consecuencia de esa diferencia contable no les autoriza ahora a presentar el asunto de forma equívoca ni a sembrar dudas en la opinión pública en torno a la honradez de la gestión centrista. Porque la citada ley, aprobada a iniciativa del actual Gobierno, se limitó a poner en orden contable "una situación irregular y transitoria que en ningún casó se puede mantener indefinidamente y que exige normalizar las relaciones del Tesoro público con el Banco de España".

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