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Probable puesta en libertad de Iturbide y Zabala, miembros del Batallón Vasco Español

Antonio Muñoz Perea y Arturo Castillo, abogados defensores de los miembros del Batallón Vasco Español (BVE) Ignacio Iturbide Alcáin y Ladislao Zabala Solchaga han anunciado la presentación de un escrito pidiendo la libertad de los dos ultraderechista por haber transcurrido el plazo de 30 meses de prisión preventiva, incluso descontando los cinco meses de dilaciones ilegales, que según la Audiencia Nacional, les son imputables.

Iturbide y Zabala están acusados entre otros delitos de siete asesinatos consumados y llevan 47 meses en prisión a la espera de juicio. El fiscal pide para cada uno de ellos penas de 245 años de reclusión. Esta semana la Audiencia Nacional denegó su libertad provisional por entender que el proceso se dilató cinco meses por culpa de los acusados.Los abogados en su escrito señalan que acatan la resolución de la Audiencia Nacional para evitar más dilaciones. Agregan, que aunque la Audiencia imputa a los acusados una demora de cinco meses, ellos pueden admitir incluso que la demora se contabilizara como 10 meses, del 16 de mayo de 1983 hasta el 4 de marzo de 1984 en que concluyó el recurso de casación de Benito Santos, otro de los procesados. A pesar de todo, Iturbide y Zabala llevarían más de 30 meses en prisión, por lo que, según los letrados, deben ser puestos en libertad.

Los abogados entienden que el retraso producido por la duración del recurso de casación planteado por otro de los procesados, José Luis Jiménez Clavería, es imputable a la Audiencia Nacional, ya que admitió su tramitación, cuando en un recurso similar anterior, el Supremo había sentenciado que no era procedente, según el artículo 797 de la ley de Enjuiciamiento Criminal.

La prisión preventiva máxima de cuatro años, prevista en lanueva reforma de la ley de Enjuiciamiento Criminal no puede ser aplicada en este caso, según los letrados, debido a que lo impide el artículo 9 de la Constitución que proclama la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales.

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