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Demanda inmediata y colectiva

Portavoces policiales y de la Cámara de Comercio coincidieron ayer en pedir a los comerciantes que puedan verse afectados por cualquier intento de extorsión que los denuncien inmediatamente, "antes de que el mal se extienda". Un chantaje de este tipo "tiene que ser abordado no por cada comerciante en particular, sino de forma colectiva, por las entidades corporativas", afirmó el portavoz de la Cámara, que añadió: "Por ahora, no habíamos tenido noticias de que se hayan producido intentos dé extorsión por parte de delincuentes comunes. Sí ha habido casos del denominado impuesto revolucionario. La voladura del comercio Acosta, ocurrida el pasado 4 de enero en la calle de Hermosillla, número 36, vino motivada porque el propietario se negó a pagar el impuesto a miembros de a organización de Grapo".La extorsión, según la información facilitada por la asesoría jurídica de la Cámara de Comercio e Industria, no está recogida con ese nombre en el Código Penal. La figura legal que correspondería en estos casos es la de amenazas y coacción, que presenta además diversos grados: de tentativa, frustración y consumada. Las circunstancias que rodean el delito de amenazas y coacción figuran en diversos artículos del código y pueden dar lugar a un amplio abanico de penas, según los diversos agravantes o atenuantes que concurran en cada caso particular, entre los que se encuentra la reincidencia.

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