Las futuras pensiones de subsistencia para quienes no hayan cotizado serán financiadas con impuestos
El objetivo de los tres niveles de prestaciones de la Seguridad Social, al igual que la presunción de que los gastos públicos deberán crecer en los próximos años por encima del Producto Interior Bruto (PIB), reflejan acuerdos del XXX Congreso del PSOE. La principal novedad, derivada de la Constitución, estriba en que, cuando la reforma esté en pleno vigor -hacia 1990-, todos los ciudadanos tendrán garantizada una pensión de subsistencia, aunque no hayan cotizado para ello.
Las propuestas gubernamentales, que ocupan dos centenares de folios, enlazan en sus objetivos la reforma de la Seguridad Social con el proyecto de ley de Sanidad, ya a la espera de ser remitido al Parlamento. En una fecha no determinada en las mismas -hacia 1990, según fuentes de la Administración-, cuando la aportación estatal se haya elevado de los 0,7 billones de pesetas de 1985 al billón de pesetas destinados en la actualidad a gastos sanitarios, la sanidad sería totalmente segregada de la Seguridad Social.
El Estado, además de hacerse cargo totalmente de los gastos sanitarios, deberá cubrir las pensiones asistenciales. Por su parte, las cotizaciones de empresas y trabajadores (en la actualidad, superiores a los dos billones de pesetas) se asignarían a las pensiones contributivas (segundo nivel o profesional). El tercer escalón quedará para los sistemas libres y privados, existentes ya en la práctica y que ahora presumiblemente serán potenciados y regulados por ley.
En este sentido, las fuentes consultadas recuerdan que, al contrario de la ratificación que dió a la política del Gobierno en otros campos, el XXX Congreso del PSOE, tras admitir que la reforma "viene exigida por razones financieras y de eficacia", desechó con claridad toda política de congelación o reducción de los gastos sociales en relación con el Producto Interior Bruto (PIB).
Importantes diferencias
Pese a que en los últimos meses de 1984 fueron anunciadas una serie de leyes para regular los servicios sociales y definir los tres citados niveles - pensiones asistenciales, contributivas y sistemas complementarios libres-, en las propuestas del Gobierno no aparece su contenido concreto ni las fechas o disposiciones legales que los definirán con claridad. Prevén, sin embargo, sustanciales diferencias con respecto al modelo existente en la actualidad, que consta de dos niveles imperfectamente definidos.El primero lo integran las vigentes pensiones que paga la Seguridad Social a quienes están afiliados a la misma, sin que tengan completa relación con lo cotizado. Junto a los valores determinados por las cotizaciones, hay unos complementos hasta llegar a las pensiones mínimas. El otro está formado por los sistemas de pensiones complementarias o libres.
La principal novedad que dejan entrever las propuestas del Gobierno, derivada de la Constitución, radica en la pretensión de implantar unas pensiones asistenciales, con el fin de garantizar la subsistencia de quienes no hayan cotizado o de aquellos que no alcancen por lo cotizado los mínimos que se fijen en su día. Es el primer nivel o pilar, que deberá llegar a ser financiado íntegramente por impuestos.
La estructura del nuevo modelo en tres niveles parte, no obstante, del principio del carácter alternativo y no siempre acumulativo de cada uno de ellos. Pero se centraría, fundamentalmente, en el nivel contributivo. únicamente en caso de que no fuera aplicable esta protección o resultara insuficiente se pasaría al nivel asistencial. El documento subraya que este sistema evita la acumulación de prestaciones en un mismo sujeto y en una misma familia, y abarata el coste de las prestaciones. El nivel contributivo o profesional tiene por objeto garantizar unas prestaciones económicas al trabajador que termina su vida activa.
Abarca a todos los que obtienen sus ingresos por la vía profesional, desde los funcionarios públicos hasta los trabajadores autónomos, pasando por los asalariados. La financiación correría a cargo, prioritariamente, por los propios beneficiarios y sus empresas, y muy en segundo término por aportaciones del Estado.
Cuantía condicionada
Las prestaciones serán las existentes en la actualidad (incapacidad laboral, invalidez, jubilación, etcétera). Y la cuantía de las mismas vendrá en función de las bases de cotización, que a su vez vendrán determinadas por el importe de los ingresos del trabajo o las rentas profesionales.El asistencial, no contributivo, abarcará a todo la población en caso de necesidad probada. Su objetivo es atender a quienes no tienen derecho a las otras prestaciones, ofreciendo una cobertura económica y sanitaria mínimas (invalidez, vejez, paro). La financiación correrá a cargo del Estado.
Por último, el nivel complementario se caracteriza porque será de carácter privado -no habrá intromisión de los poderes públicos en su constitución y funcionamiento- y voluntario; es decir, no obligatorio y autofinanciado. Su constitución podrá realizarse mediante convenio colectivo, mutualidad o cualquier otra vía de orden mercantil, civil o laboral.
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